Absuelta Secuoya y condenado el Ayuntamiento de Granada, Gegsa, Videoreport y Mediapro en el caso de los despidos de TG7
La primera sentencia absuelve a la compañía de Grupo Secuoya y obliga al resto a readmitir o indemnizar al trabajador. El 17 de mayo se celebrará el juicio del resto del personal
El juzgado de lo Social número 6 de Granada ha dictado su primera sentencia sobre el caso TG7, en concreto la demanda laboral de un trabajador de la televisión local de Granada. La justicia absuelve a CBM (Grupo Secuoya) y condena al Ayuntamiento de Granada, GEGSA, Videoreport y Mediapro a que readmiten o indemnicen al trabajador ya que no atendieron a su obligación dentro de subrogarla dentro del servicio que se prestaba. Igualmente, deberán reconocer la antigüedad laboral, algo que no han hecho estas entidades. Esta cantidad se la podían haber ahorrado si hubiesen atendido a las razones que argumentaba CBM.
CBM defendió desde el inicio que el consistorio debería haber cumplido con su compromiso de subrogación del personal con todos sus derechos y condiciones laborales reconocidas, entre las que se incluye la antigüedad del trabajador, obligación que coincide con lo marcado según la legalidad y que la sentencia así reconoce.
Queda pendiente para el próximo 17 de mayo la celebración del juicio del resto del personal de la televisión local granadina, que tuvo que ser también subrogado al igual que en el caso de la sentencia recién publicada. Recordamos que el 30 de octubre de 2015 el Ayuntamiento de Granada comunicó a CBM la extinción del contrato y su compromiso de subrogación del personal. Desde CBM nos pusimos a disposición del anterior equipo de gobierno y del nuevo, liderado por el alcalde Francisco Cuenca, con el compromiso de facilitar esta operación y así evitar que los trabajadores se encontrarán en una situación de indefensión. Ambos rechazaron dicha colaboración, extinguiendo el contrato el 6 de noviembre y sin llevar a cabo dicha subrogación, a pesar de mantener las emisiones de la televisión pública.
Ahora, la sentencia reconoce que la extinción del contrato se realizó de manera unilateral por el Ayuntamiento de Granada, teniendo aún vigencia un año más, ya que nunca fue denunciado por el Ayuntamiento en los plazos previstos en el contrato. La sentencia reconoce que se actuó en contra de los derechos de los trabajadores perjudicando a los mismos, tal y como venía avisando CBM y la justicia reconoce ahora.