Aceptada la demanda contra Cervezas Alhambra por emisión de ruidos "intolerables"
Demandada por una vecina de la Avenida de Pulianas, por emisión de ruidos "intolerables" la fábrica de Cervezas Alhambra de la capital, que provenían de su actividad industrial, ha sido condenada a evitar "en los sucesivo que desde sus instalaciones se produzcan ruidos por encima de los niveles mínimos establecidos que que afecten a la vivienda de la demandante.
Además, se condena solidariamente a Andaluza de Cervezas y Bebidas, S.L.U y Cervezas Alhambra a indemnizar a la demandante por los daños en la salud y daños morales con la cantidad de 18.000 euros. Según el ensayo del NAE, que evalúa las molestias producidas en el interior de las edificaciones por ruidos procedentes de instalaciones o actividades ruidosas, que se hizo en una de las habitaciones de la casa, durante un minuto, arrojó un resultado de 60.2 dBA, cuando el ruido de fondo se situaba según ese mismo informe en 56.9 dBA, por tanto, con un nivel de ruido desfavorable y que se debe de calificar de “ruidoso” al superar los 3 dBA y no llevar a 6 dBA respecto al ruido de fondo.
Y los resultados del NEE, nivel de ruido medio exterior del recinto donde está ubicado el foco ruidoso, fueron de 63.1 dBA y 66.7 dBA, que si bien no superaban el máximo de 70 dBA previsto legalmente para zona industrial, superaban en más de 6 dBA el máximo de ruido previsto para zona residencial con la que linda la fábrica, que según el Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, con el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, vigente en aquél momento que fijaba un máximo de ruido en periodo noche de 55 dBA, por tanto un nivel que debe ser calificado de “intolerable”.