Acuerdan el procesamiento del juez Piñar por supuesto delito de odio hacia minorías en Facebook

Se analizaron si los mensajes publicados en su red social suponían una falta muy grave de ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales

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Exteriores de los Juzgados de Granada | Foto: Archivo
Europa Press
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El Juzgado de Instrucción número 8 de Granada ha acordado el procesamiento del juez Manuel Piñar por la presunta comisión de un delito de odio por supuestos comentarios de tipo "despectivo hacia colectivos de migrantes o minorías étcnicas" a través de la red social Facebook, unas publicaciones que él negó en sede judicial.

En un auto fechado este pasado miércoles, 18 de diciembre, consultado por Europa Press y contra el que cabe recurso, el Juzgado acuerda la continuación de las diligencias previas por el trámite del procedimiento abreviado, dando traslado a la Fiscalía para que "solicite la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa y, excepcionalmente, diligencias complementarias" .

Se da traslado igualmente a las acusaciones personadas, la Asociación Internacional para la Erradicación de la Violencia de Género Institucional y el letrado Carlos Aránguez, anticipando el despacho de abogados de este último dirige que en su caso formulará el correspondiente escrito de acusación por la presunta comisión de delito de odio.

Según detalla el auto, las presentes diligencias previas se incoaron en virtud de la denuncia presentada ante la Guardia Civil, en el Puesto de Pinos Puente, el 19 de septiembre de 2022, apuntando a los citados comentarios en el perfil de la red social Facebook "Manuel Piñar Díaz".

"Habría emitido determinadas manifestaciones, en condiciones de suficiente trascendencia y proyección pública, de contenido o alcance presuntamente despectivo hacia colectivos de migrantes o minorías étnicas" en distintas fechas de ese mismo año 2022.

El pasado 15 de febrero, el juez Manuel Piñar negó, en su declaración como investigado ante el Juzgado de Instrucción número 8 de Granada, ser el autor de las publicaciones en redes sociales que habrían dado lugar a la investigación por un supuesto delito de incitación a la discriminación y al odio, tras la denuncia que en este sentido interpuso el abogado de Juana Rivas, a la que este magistrado condenó por sustracción de menores.

El magistrado negó así, a preguntas del juez instructor, la autoría de ninguna de las publicaciones en Facebook que se incluyen en la denuncia y se acogió a su derecho a no declarar, según informaron a Europa Press desde el despacho Aránguez Abogados. Según estas mismas fuentes, el juez habría enmarcado esta denuncia en una "persecución" hacia su persona.

Tras revisar hace unos meses el contenido de las publicaciones del juez que se recogen en la denuncia, la Audiencia de Granada sostuvo que algunas de ellas contienen "epítetos, calificativos o expresiones que se refieren de forma despectiva a ciertos grupos étnicos, razas o nacionales de ciertos países (gitanos, negros, moros, chinos), los cuales, en caso de haber tenido la necesaria trascendencia pública, pudieran comportar una incitación a la discriminación o al odio contra esos colectivos".

Por ello, estimó parcialmente el recurso de la Fiscalía y revocó la decisión del juez instructor de archivar el asunto para que se practicaran las pruebas necesarias para esclarecer, no sólo la realidad de las "publicaciones" que se atribuyen al juez Piñar y su contenido; sino sobre todo su autoría y la trascendencia o proyección que hubieran podido tener.

La Fiscalía solicitó por su parte una batería de diligencias de investigación para acreditar, entre otros extremos, los contenidos de las presuntas publicaciones en redes sociales y esclarecer su autoría, pendiente de que Facebook atendiera a los requerimientos que se han realizado en este sentido.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó el pasado verano el archivo del expediente que se le abrió al juez Piñar por este asunto. Concretamente, se analizó si los mensajes publicados en su perfil de Facebook suponían una falta muy grave de ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales, o una falta grave de falta de consideración respecto de los ciudadanos, extremos que fueron descartados por el órgano de gobierno de los jueces.







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