La Agencia de Protección de Datos paraliza el proyecto Worldcoin tras recibir varias reclamaciones

La AEPD prohíbe seguir con la recogida de información a través del iris en España, práctica que se realizaba en un stand instalado en el Nevada Shopping

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Worldcoin, instalada en una de las entradas al Centro Comercial Nevada Shopping | Foto: GranadaDigital
Europa Press
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado una medida cautelar contra Tools for Humanity Corporation, a la que ha exigido que cese de forma inmediata en la recogida y tratamiento de datos personales que está realizando en España en el marco de su proyecto Worldcoin, y proceda a bloquear los ya recopilados. Este proyecto se desarrollaba también en un stand instalado en el Nevada Shopping, entre otros puntos de España.

La AEPD ha recibido varias reclamaciones contra esta empresa en las que se denuncian, entre otras cuestiones, "una información insuficiente, la captación de datos de menores o que no se permite la retirada del consentimiento".

En este sentido, el organismo que dirige Mar España ha detallado que esta medida cautelar obedece a una "decisión basada en circunstancias excepcionales, en la que resulta necesario y proporcionado adoptar medidas provisionales dirigidas al cese inmediato de ese tratamiento de datos personales, prevenir su posible cesión a terceros y salvaguardar del derecho fundamental a la protección de datos personales".

La compañía Tools for Humanity Corporation tiene su establecimiento europeo en Alemania. Esta actuación de la Agencia se realiza en el marco del procedimiento establecido en el artículo 66.1 del RGPD que establece que, en circunstancias excepcionales, cuando una autoridad de control interesada -en este caso la AEPD- considere urgente intervenir para proteger los derechos y libertades de las personas, podrá adoptar medidas provisionales con efectos jurídicos en su territorio y con un periodo de validez que no podrá ser superior a tres meses.

La Agencia considera que la adopción de medidas urgentes de prohibición temporal de las actividades "está justificada para evitar daños potencialmente irreparables y que no tomarlas privaría a las personas de la protección a la que tienen derecho según el RGPD".