Alaya destaca que la Administración andaluza reafirmó el sistema de los ERE pese a su "arbitrariedad"
Alude a la concesión de las subvenciones a personas y empresas próximas a sindicatos, cargos de la Junta y del PSOE andaluz
La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, destacado que la Administración andaluza, en lugar de desestimar el sistema de los ERE "por ausencia de procedimiento o por su arbitrariedad y por las consecuencias que podía generar el déficit producido", optó por una "reacción de reafirmación" manteniéndolo hasta el final de la década.
Así se subraya en la exposición razonada que la juez ha remitido al Tribunal Supremo, al que podría corresponder la competencia para la instrucción de la causa donde aparecen hasta nueve aforados --dos expresidentes andaluces, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y siete exconsejeros--.
En la exposición, consultada por Europa Press, Alaya remarca que las cifras de déficit siguieron en ascenso marcando las cotas más altas durante los años 2004 y 2005 y descendiendo a partir de dicho ejercicio pero "manteniéndose en cifras muy importantes".
La magistrada, que cifra en 855 millones de euros la "ilegal aplicación de fondos públicos", subraya que "indiciariamente" se realizaba el proceso de concesión de subvenciones a través de una partida presupuestaria "claramente inadecuada", en tanto que "legalmente así lo era", ya que numerosas órdenes y leyes emanadas del propio Parlamento andaluz "habían definido la estricta finalidad de las transferencias de financiación".
RED CLIENTELAR
Habla así Alaya de "una auténtica subversión del ordenamiento jurídico", que hacía que las ayudas, en gran parte de los casos, terminaran --en lo que la jueza llega a calificar de "red clientelar" en algunos casos concretos-- en manos de personas y empresas que, "por un motivo u otro, estaban próximas al entorno de los sindicatos, de cargos de la Junta de Andalucía o del PSOE andaluz, tejiéndose además un selecto círculo de influencias que pasaban por los sindicatos, agencias o mediadores de seguros y despachos de abogados, que propiciaban habitualmente la concesión de tales ayudas, obteniendo importantes beneficios económicos por su gestión".
Al respecto, remarca la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, en el apartado de ayudas individuales a personas físicas, que las mismas estaban basadas en las relaciones personales, "al margen de cualquier criterio legal o igualitario, por ser los beneficiarios amigos, parientes, compañeros de partido o sindicato, cargos políticos o incluso por ser conocidos del mismo pueblo", tesitura en la que destaca el papel jugado por el ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero, con un papel "muy destacado" del 'conseguidor' Juan Lanzas.
Respecto a las responsabilidades políticas, Alaya, que en su exposición realiza un recorrido por los mandatos de los diferentes titulares andaluces de Empleo, así como de la situación concreta de las empresas investigadas, afirma que "no se trata de que los consejeros de Hacienda, Innovación o el presidente de la Junta conocieran el sistema puesto en marcha por la Consejería de Empleo, es que participaron la mayor parte de ellos en su instauración y todos ellos en su mantenimiento".
DECISIÓN "MARCADAMENTE POLÍTICA"
De ahí, según la magistrada, la presunta responsabilidad, al margen de los ya mencionados Chaves y Griñán, de José Antonio Viera, Francisco Vallejo, Gaspar Zarrías, Carmen Martínez Aguayo y Antonio Ávila, así como del resto de responsables de dichas Consejerías no aforados.
De Viera, la jueza llega a afirmar que su mandato en Empleo se caracterizaría por "una gran discrecionalidad" en materia de concesión de ayudas, "disponiendo él y los que le siguieron de los fondos públicos en beneficio de terceros, de forma absolutamente libérrima". Tanto él como su sucesor, Antonio Fernández, y su equipo "deliberadamente quisieron omitir todo el procedimiento legalmente aplicable y todos los controles de la Intervención, para disponer de los fondos públicos a favor de los terceros por ellos determinados o elegidos".
Alaya, así, infiere que la decisión, abarcando varias legislaturas, es una decisión "marcadamente política", pues "es impensable que un consejero por sí solo decida incumplir la competencia exclusiva del Estado y, por ende, la Constitución y el Estatuto de Autonomía".