La alcaldesa anuncia "un paso más" para "limitar los pisos y viviendas de uso turístico" en Granada

Las licencias para el cambio de uso de una vivienda residencial a turística serán otorgadas por el consistorio granadino que verificará el “cumplimiento” en base al ordenamiento urbanístico

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El nuevo criterio de interpretación se someterá a aprobación en el Pleno de julio y una vez publicado en el BOP entrará en vigor | Foto: ArchivoGD
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La alcaldesa de Granada, Marifrán Carazo, anuncia un nuevo paso del gobierno municipal para "limitar" los pisos y viviendas de uso turístico en Granada con la tramitación de "un criterio de interpretación" a partir del que el Ayuntamiento de Granada se dota de las "herramientas" requeridas por el ordenamiento jurídico para abordar la regulación y control "por razones imperiosas de interés general" de este tipo de alojamientos turísticos.

La medida, que se someterá a dictamen en Comisión de Urbanismo, Limpieza Viaria, Mantenimiento y Participación Ciudadana prevista mañana lunes 15 de julio, se tramita en paralelo a una innovación del Plan General de Ordenación Urbana de 2001 a través de la que el Ayuntamiento adapta el planeamiento urbanístico a "la normativa sectorial andaluza de turismo" y a la nueva realidad del sector de la hostelería y el turismo de la ciudad, "donde se ha generado para las ciudades un problema derivado del incremento de la implantación del uso turístico de la vivienda residencial".

Marifrán Carazo subraya la "agilidad y determinación" del gobierno municipal en adoptar la "medidas inmediatas y necesarias" para ejercer "con seguridad jurídica" la competencia que el decreto 31/2024, de 29 de enero otorga a los ayuntamientos de cara a regular a través del planeamiento urbanístico el uso turístico de las viviendas.

En este sentido, ha aclarado que, además de la innovación del PGOU de 2001, sobre la que ya trabaja la concejalía de Urbanismo, tras decreto de alcaldía dictado con fecha de 12 de junio, el nuevo criterio de interpretación aborda la ampliación del término actual de establecimiento hotelero, con categoría de residencial singularizado en el PGOU, que pasa a denominarse "alojamiento turístico, con lo hacemos extensivos los requisitos al sector de la hostelería y turismo establecidos por la ley de Turismo de Andalucía a las viviendas y pisos de uso turístico", ha explicado.

Asimismo, ha adelantado que el nuevo "criterio de interpretación", por el que se obliga a los pisos y viviendas con uso turístico, a garantizar, entre otros requisitos, "un acceso independiente al inmueble en relación con el acceso al resto de los usos implantados sobre el mismo inmueble" permitirá al Ayuntamiento de Granada ejercer su potestad de "intervención administrativa de comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos por nuestro Plan para este tipo de actividad".

Según ha explicado, para la inscripción y puesta en marcha de actividad de una vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía se deberá acreditar que la vivienda "resulta compatible para el uso turístico conforme al uso residencial singular recogido en el PGOU", aspecto que requerirá, en cumplimiento del decreto 31/2024, de 29 de enero, de declaración responsable de compatibilidad con la normativa andaluza.

Previamente, la verificación de dicha compatibilidad, en base al principio de jerarquía competencial, pasará a ser ejercida por el Ayuntamiento de Granada que, en base al nuevo criterio de interpretación, será la institución encargada de otorgar la licencia sobre el cambio de uso del piso o vivienda a residencial singular.

Este nuevo trámite pasará a ser preceptivo y obligatorio para inscribir el inmueble en el registro de viviendas y pisos de uso turístico de la Junta de Andalucía.

Según ha informado, tras la puesta en conocimiento del nuevo criterio de interpretación en Comisión de Urbanismo, se someterá a aprobación en el pleno ordinario de julio para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, momento en el que entrará en vigor.