Andalucía convoca ayudas al alquiler dotadas con 30 millones
Unas 8.500 familias podrán empezar a solicitar estas ayudas con carácter retroactivo desde el 1 de abril
El Gobierno de Andalucía va a convocar ayudas al alquiler dotadas con 30 millones para atender a unas 8.500 familias, según ha explicado la consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Marifrán Carazo, en la rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Gobierno.
Según ha detallado, Andalucía cuenta con 17 millones que llegarán del Gobierno central para este fin, montante que ha considerado "insuficiente" ya que alcanzarían para 4.700 familias. A esto la Junta ha decidido añadir de sus "presupuesto propio" otros 13 millones para alcanzar los 30 millones en total y aumentar a 8.500 familias las beneficiarias.
Así, los andaluces que cumplan una serie de requisitos podrán empezar a solicitar estas ayudas con carácter retroactivo desde el 1 de abril y alcanzarán hasta el 30 de septiembre. El procedimiento será "totalmente telemático", en concurrencia no competitiva y podrá llegar a abonarse el cien por cien de la reta de alquiler con un máximo de 900 euros.
Los solicitantes deben cumplir una serie de requisitos, como encontrarse en el paro, afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o ser autónomos con una disminución de los ingresos del 40 por ciento. Además, deben estar empadronados en la vivienda de alquiler desde hace al menos seis meses y no disponer de ninguna residencia en propiedad.
Con carácter general, sus ingresos deben ser menores en tres veces al Iprem (1.613 euros al mes) en el mes anterior a la solicitud y el pago de la renta del alquiler, más los suministros básicos (luz, agua, electricidad, gas, comunidad), tiene que ser superior al 35 por ciento de los ingresos de la unidad familiar.
La Consejería de Fomento está trabajando en la redacción de las bases reguladoras desde el día que el Gobierno central publicó la medida. Para agilizar trámites, los requisitos se podrán acreditar mediante declaración responsable, aunque en el plazo de un mes deberá aportarse la documentación acreditativa.
Las solicitudes, que se estima que se podrán empezar a presentar a principios de junio, se resolverán conforme vayan llegando y hasta donde alcance el crédito disponible, siendo necesario tener dada de alta una cuenta bancaria para el ingreso de la ayuda. En la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio se irá informando puntualmente de todos los pasos que se den al respecto.
Las ayudas fueron aprobadas en la Orden Ministerial 336/2020 de 9 de abril por la que se incorpora, sustituye y modifican programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en cumplimiento del Real Decreto 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19. El desarrollo y gestión de estas ayudas es competencia de las comunidades autónomas.