Andalucía prorroga hasta el 27 de febrero sus restricciones de horarios y movilidad vigentes

Suponen el cierre perimetral de las ocho provincias, el toque de queda nocturno entre las 22.00 y las 6.00 horas, y limitar las reuniones a un máximo cuatro personas

Policía Local de Sevilla
Agentes de Policía Local efectúan controles de tráfico y circulación urbanos | Foto: EP
Europa Press
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El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, ha prorrogado desde las 0,00 horas de este sábado, 13 de febrero, y hasta las 0,00 horas del día 27 de febrero de 2021 las medidas restrictivas sobre movilidad y horarios actualmente vigentes para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, que incluye, entre otras, la limitación de la movilidad entre provincias de la comunidad autónoma.

Así se recoge en el Decreto del Presidente 5/2021, de 12 de febrero, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, y se modifica parcialmente el mismo.

El decreto, consultado por Europa Press, ha entrado en vigor tras su publicación, este viernes, en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y tras la celebración de la reunión del Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto desarrollada el pasado miércoles, 10 de febrero, en Córdoba bajo la presidencia de Juanma Moreno.

Con este decreto se prorrogan "en toda su extensión" las medidas adoptadas en el citado decreto del presidente del 8 de enero que, a su vez, fue modificado por otro del 15 de enero, que decaían a las 0.00 horas del próximo día 15 de febrero, y que suponen el cierre perimetral de la comunidad y de sus ocho provincias, el toque de queda nocturno entre las 22.00 y las 6.00 horas, y limitar las reuniones a un máximo cuatro personas, salvo convivientes.

Además, la totalidad de los negocios de hostelería y los comerciales deben cerrar a las 18.00 horas. No obstante, se mantiene que se puedan hacer recogidas de pedidos en hostelería hasta las 21.30 horas; encargos por teléfono hasta 22.30 horas y entrega a domicilio hasta 23.30 horas.

Las medidas también suponen el cierre perimetral de aquellos municipios andaluces que superen una tasa de contagio superior a 500 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. En el caso de los municipios que esta tasa supere los mil casos por cada 100.000 habitantes, se lleva a cabo el cierre total de la hostelería y comercios no esenciales.

Limitaciones de movilidad

De esta manera, el decreto publicado este viernes confirma que, desde este sábado y hasta el próximo 27 de febrero, "se limita la movilidad entre todas las provincias de la comunidad autónoma de Andalucía y se restringe la entrada y salida de los municipios que superen los 500 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días", y "en todo caso de aquellos municipios que superen los 1.000 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días", salvo para una serie de desplazamientos justificados y para otras excepciones.

En concreto, está permitida la entrada y salida de los municipios en dicha situación "para el desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial; desplazamientos, sin acompañamiento, de deportistas federados de categorías de edad inferiores a la absoluta, entrenadores, jueces o árbitros federados, para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias y que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo, siempre que no procedan de municipio con cierre perimetral o se dirijan a un municipio con cierre perimetral".

También se permite la movilidad "para la práctica de deportes de invierno de ocio sobre nieve o hielo, que se acreditará mediante la presentación del abono para utilizar los remontes --forfait-- en una estación de esquí, previamente adquirido, siempre que no se proceda de municipio con cierre perimetral o la estación se ubique en un municipio con cierre perimetral".

"Tendencia al descenso" de contagios

El decreto justifica el mantenimiento de las "medidas de control establecidas hasta estos momentos para continuar la tendencia al descenso que estamos experimentado en nuestra comunidad autónoma hasta que podamos situarnos en un nivel de alerta más bajo".

Desde la Junta advierten además en este decreto de que, "a pesar de la tendencia al descenso en el número de casos confirmados", la valoración de los indicadores de riesgo "sitúa a Andalucía en un nivel de alerta muy alto y la presión asistencial, aunque mantiene una cierta estabilidad en los últimos días, sigue siendo muy elevada".

Asimismo, apunta que, "en la actualidad, la cepa británica es la causante de un 20% de los positivos en Andalucía, previéndose mayor capacidad de transmisión y virulencia".

Oposiciones

Por otro lado, la Consejería de Salud y Familias ha autorizado que puedan realizarse exámenes presenciales de procedimientos de selección de la Administración de la Junta de Andalucía "siempre que no se convoquen a más de 350 opositores por sede, se respeten las medidas contempladas en el Protocolo para la celebración de pruebas selectivas de la Administración General de la Junta de Andalucía del Instituto Andaluz de Administración Pública, y con la autorización expresa de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica".

Así se recoge en una orden de la Consejería de Salud y Familias publicada este viernes en la misma edición extraordinaria del BOJA, consultada por Europa Press, tras lo acordado el pasado miércoles en la referida reunión del Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto en Córdoba.

Esta orden, que surte efectos desde las 0,00 horas de este sábado, 13 de febrero, modifica otra de la Consejería de Salud y Familias de 4 de diciembre de 2020, por la que se actualizan las medidas preventivas de salud pública en los centros sociosanitarios, otros centros de servicios sociales y de servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (Covid-19).

De esta manera, la orden establece que, "atendiendo a la situación epidemiológica actual, se pospone la realización de exámenes presenciales de procedimientos de selección de la Administración de la Junta de Andalucía", si bien matiza que "podrán realizarse exámenes presenciales siempre que no se convoquen a más de 350 opositores por sede, se respeten las medidas contempladas en el Protocolo para la celebración de pruebas selectivas de la Administración General de la Junta de Andalucía del Instituto Andaluz de Administración Pública, y con la autorización expresa de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica".

En el caso de exámenes presenciales de procedimientos de selección de otras administraciones públicas que se realicen en territorio de la comunidad autónoma de Andalucía, "lo serán con un máximo de 350 aspirantes por sede y se respetarán las medidas preventivas establecidas en el Acuerdo de 24 de noviembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento de la guía de medidas preventivas ante el Covid-19 para la celebración de pruebas o exámenes oficiales".