Aprobada la nueva ordenanza que regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en Granada
Otros cambios significativos son la nueva redacción de objetivos, derechos y deberes de los usuarios, que también se amplían
El Ayuntamiento de Granada ha aprobado la nueva ordenanza que regula la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio para que esté en consonancia con la nueva orden de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad por la que se regula la prestación de este servicio en toda la comunidad autónoma.
La concejal de Política Social, Familia, Discapacidad y Mayores, Amparo Arrabal, ha explicado en la comisión del ramo que hay "mejoras muy significativas", como son el baremo de acceso al servicio y las puntuaciones; nuevas tareas que se integran en las actuaciones de atención personal como las de prevención y promoción y se concretan los horarios de atención e incompatibilidades de servicios.
Otros cambios significativos son la nueva redacción de objetivos, derechos y deberes de los usuarios, que también se amplían; y se integran al texto los derechos y deberes de las personas auxiliares. Respecto a recursos humanos se nombra de forma expresa en las entidades prestadoras una persona que realice las funciones de coordinación del servicio e incluye como recursos humanos mínimos además del personal auxiliar al del trabajo social.
Además, se incluyen nuevos artículos relativos a la promoción de la igualdad, criterios técnicos de prescripción en los que se tenga en cuenta la situación biopsicosocial de la persona y en general una nueva redacción y terminología más actual y apropiada a la realidad y finalidad integradora del servicio.
La concejala ha explicado que, "por todo lo expuesto anteriormente, dado el elevado número de artículos que se han mejorado, no se estima viable ni oportuno el modificar artículos concretos, sino que ha sido necesaria una nueva redacción general que integre los cambios normativos".
Arrabal ha señalado que la mayor parte de las alegaciones al texto han sido rechazadas, "unas porque implicaban cambios sustanciales de lo recogido en la ley andaluza y otras porque no pueden formar parte de la ordenanza, sin perjuicio de su análisis en el momento en que se consideren instrucciones o protocolos de servicio".