Archivada la denuncia contra el jefe de la Policía Local de Granada por coacciones y amenazas
El reglamento faculta al Jefe de la Policía Local para resolver lo que estime pertinente
El Juzgado de Instrucción 2 de Granada ha archivado la denuncia que un subinspector presentó contra el jefe de la Policía Local de Granada, José Antonio Moreno, por supuestas coacciones y amenazas a raíz de una serie de cambios que llevó a cabo en la escala ejecutiva del cuerpo, con los que el denunciante no estaba de acuerdo.
En un auto fechado el 20 de diciembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las diligencias previas por entender que durante la instrucción "no ha quedado acreditada la comisión de los delitos que se le imputan" a Moreno, basándose especialmente en la documentación aportada y en las testificales practicadas.
Los hechos objeto de la querella se circunscriben, en líneas generales, a que el pasado mes de febrero de 2017, el jefe de la Policía Local de Granada convocó verbalmente a una reunión a los mandos en la sede de la Jefatura y allí informó a los asistentes de los futuros cambios que pretendía llevar a cabo en la escala ejecutiva, haciendo especial referencia en los Jefes de Sala y en la nueva estructura diseñada.
Con posterioridad, el denunciante fue requerido para que acudiera al despacho del Superintendente Jefe, el citado Moreno, para que firmara un documento mostrando su conformidad con los cambios, lo cual no hizo y afirma que a raíz de ello le fueron asignados servicios de "castigo", sufriendo coacciones y amenazas.
La jueza instructora considera acreditado que estos cambios organizativos se llevaron a cabo por necesidades de servicio y que el reglamento faculta al Jefe de la Policía Local para resolver lo que estime pertinente.
Agrega que si bien el nuevo sistema organizativo obligaba al denunciante a hacer turnos que antes no tenía, como el de noche, matiza que esta circunstancia concurre en la totalidad de subinspectores, no sólo o exclusivamente respecto del denunciante. Junto a ello argumenta que no ha quedado acreditado la comisión de las coacciones y amenazas que se le atribuían.