Archivo provisional de la investigación del incendio de San Juan de Letrán al no poder determinar la autoría

La persona de la que inicialmente se tuvieron sospechas ha quedado descartada y la deficiente calidad de las imágenes tomadas por la cámara del edificio, así como la falta de testigos, no han conseguido identificar todavía al autor

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EP
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El Juzgado de Instrucción 4 de Granada ha acordado el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas por el incendio registrado el 25 de noviembre de 2017 en el número 3 de la calle San Juan de Letrán de Granada, que se saldó con el fallecimiento de una anciana de 73 años, 32 heridos y la destrucción total o parcial de unas 25 viviendas.

La Policía Nacional determinó que el incendio fue "provocado intencionadamente" y desde este cuerpo se difundieron vídeos de la cámara de seguridad situada en el portal, donde se observaba al presunto autor accediendo al inmueble poco antes de originar el fuego, pidiendo colaboración ciudadana para dar con él.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, se expone que se han practicado múltiples diligencias judiciales y policiales sin que ninguna de ellas haya llegado a ser determinante para fijar la autoría del incendio.

Así, el juez explica que la persona respecto de la que inicialmente se tuvieron sospechas ha quedado descartada posteriormente; a ello se unen la deficiente calidad de las imágenes tomadas por la cámara del edificio, así como la ausencia de personas que puedan identificar a sospechosos de los hechos.

Por ello, mantiene, se ha de concluir, "no sin claro pesar por las consecuencias que los hechos han tenido", que en la actualidad y en este momento procesal no existen indicios suficientes como para atribuir la perpetración del delito imputado a persona alguna.

El magistrado expone que "no se ha cejado en ningún momento, ni judicial ni policialmente, en interés, acuerdo de diligencias y medios de prueba y posibilidades de práctica de diligencias que pudieran llegar a determinar la autoría" del incendio.

Se han agotado así hasta el momento todas las diligencias de investigación en todas las líneas seguidas para identificar al autor de los hechos, sin perjuicio de que en el caso de que exista alguna posibilidad de práctica de nuevas diligencias en relación a nuevas posibles líneas de investigación que permitan su identificación, se proceda a la reapertura.

Recuerda el juez que la figura del investigado es "esencial para la continuación de todo proceso penal", de tal forma que no es posible proseguir con el proceso penal contra persona no determinada o sobre la que no existen indicios claros y objetivos de su participación en los hechos denunciados.

Pese a ello, subraya que existe un nuevo oficio policial de 13 de febrero por el que se informa al juez instructor de otra línea de investigación policial "y que en el caso de que fructificara en relación a la determinación de la autoría, permitiría la reapertura inmediata del procedimiento judicial".