El Arosa denuncia la posible alineación indebida del Granada CF en el partido de Copa

El equipo granadino alineó al portero Adri López, de 24 años y con ficha del filial, que excedería el límite de edad permitido para que un jugador juegue con el primer equipo en un torneo no profesional

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Jugadores del Granada CF en A Lomba antes del partido de Copa del Rey contra el Arosa | Foto: Pepe Villoslada / Granada CF
María José Ramírez
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El Arosa SC ya ha presentado su denuncia ante el Juez de Competición por posible alineación indebida del Granada CF en el partido de Copa del Rey disputado este jueves en el estadio de A Lomba. Como ha informado el club gallego en un comunicado oficial este viernes, ha denunciado la alineación indebida del portero del Granada Adri López, que excede el límite de edad permitido para que un jugador con licencia del segundo equipo juegue la primera plantilla en un torneo "no profesional" como es, en este caso, la Copa del Rey.

En el comunicado, la entidad arlequinada detalla que "ha dado traslado a la Real Federación Española de Fútbol un escrito en defensa de sus derechos e intereses, teniendo en cuenta que dichos hechos podrían acarrear una infracción reglamentaria de alineación indebida". "El ejercicio de esta acción supone un ejercicio de responsabilidad en defensa de los derechos e intereses de la entidad deportiva, sus socios, patrocinadores, instituciones y todo lo que rodea a la institución deportiva por lo que supone disputar una ronda más de la citada competición".

"Por ello -prosigue-, y una vez que se ha procedido a dar traslado de la referida denuncia al Granada CF, el Arosa SC comunica que no realizará ningún tipo de comunicado y/o manifestación al respecto hasta que se considere oportuno por los miembros de la Junta directiva", zanja el escrito.

El Granada CF se impuso por 0-3 al Arosa, pero, como avanzó Relevo, incurrió en una posible alineación indebida de Adri López, que podría provocar que el equipo granadino sea eliminado de la Copa del Rey. El portero, de 24 años, tiene ficha con el filial y la RFEF solamente permite jugar en la Copa del Rey a jugadores menores de 23 años, al ser considerada una competición no profesional. En el caso de los porteros, la edad se amplía hasta los 25 años, pero "únicamente en las competiciones profesionales", según se recoge en el artículo 250 del Reglamento General de la Federación Española de Fútbol.

Como ya adelantó GranadaDigital, existe un único resquicio en el Reglamento que le otorga al Granada CF una remota posibilidad de seguir en la Copa y es que en la redacción del texto se fija el límite de edad para jugadores que pertenezcan a "clubes filiales". A efectos legales y normativos, el Recreativo Granada no es como tal un filial, sino un equipo dependiente. Un filial es aquel que mantiene un acuerdo, contrato o convenio de colaboración con otro club de mayor categoría, mientras que un equipo dependiente es aquel que forma parte de la estructura de la entidad, integrado en ella. Pero incluso ese matiz tiene una probabilidad de éxito reducida ya que LaLiga envió a los clubes una circular, que desveló la Cadena COPE en El Partidazo, que anula cualquier confusión con el Reglamento y establece que, con independencia de si los futbolistas pertenecen a equipos filiales o dependientes, no podrán jugar torneos no profesionales con la primera plantilla de su club si tienen más de 23 años.

El Granada CF ha emitido un comunicado una vez que ha recibido la reclamación de alineación indebida interpuesta por parte del Arosa, en el que ha querido aclarar que la Copa del Rey "es una competición profesional de acuerdo a lo establecido en los artículos 83 y 84 de la nueva Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, que entró en vigor el 1 de enero de 2023". Según el club granadino, "la alineación de un portero del equipo dependiente menor de 25 años es correcta". Además, el Granada CF ha indicado que "defenderá sus derechos ante todas las instancias".

El club granadino dispone ahora de un plazo para presentar sus alegaciones, que finalizará a las 14:00 horas del segundo día hábil siguiente al del encuentro.