Así pueden pedir las ayudas de 1.000 euros los autónomos en Andalucía

Se repartirán un total de 80 millones y el plazo en el que se atenderá a los solicitantes será de dos meses

FOTO ENCUESTA NUEVAS MEDIDAS
Plan de ayudas a los autónomos | Foto: Archivo
Sandra Martínez
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Independientemente del sector al que pertenezcan, los autónomos son unos de los grandes perjudicados de la pandemia. Por ello, el Gobierno Andaluz ha aprobado una serie de ayudas a los afectados por el cierre. El nuevo plan de apoyo a pequeñas empresas y autónomos incluye una línea de subvenciones de 80 millones de euros que prevé beneficiar a 80.000 trabajadores por cuenta propia o autónomos.

El objetivo es proporcionar 1.000 euros a cada afectado. La cuantía va dirigida a los sectores de hostelería, comercio, transporte por taxi, locales de peluquería y feriales afectados por las restricciones derivadas del estado de alarma causado por la pandemia para evitar su cierre y con ello el aumento del desempleo.

Requisitos que deben cumplir los solicitantes

Estas ayudas van destinadas a los autónomos o trabajadores por cuenta propia que estuvieran dados de alta Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en la fecha en la que se inició el estado de alarma, que tuviesen domicilio fiscal en Andalucía y que pertenezcan al sector hostelería, pequeño comercio, servicios de peluquería o transporte por taxi. También están incluidos el sector de los feriantes que estén de alta en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) incluidos.

Otra de las condiciones es que aquellos que reciban las ayudas mantengan su condición de autónomos al menos durante tres meses más. Además, la solicitud debe hacerse de forma telemática. Por otra parte, estas solicitudes se atenderán por orden de llegada.

Estas ayudas son compatibles con otras, como la referente a la ampliación de la Tarifa Plana, las ayudas al Alquiler y la subvención de 300 euros por causa del Covid-19 que ya tenía la Consejería de Empleo de Andalucía.

Sin embargo, no podrán acceder a ella aquellos que son ya beneficiarios de cualquiera de las prestaciones extraordinarias de cese de actividad reguladas en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre o de la prórroga de las prestaciones contempladas en el Real Decreto- Ley 24/2020, de 26 de junio.

Plazo para la solicitud

Desde su publicación en el BOJA, se contarán con 10 días para realizar la solicitud. Por lo tanto, habiendo iniciado el pasado día 19, se tendrá hasta el 29 de este mes oportunidad de solicitarlas. El Gobierno ha afirmado además que este tipo de solicitudes se atenderán lo más rápido posible a través de un sistema administrativo ágil con el que se pretende satisfacer a todos los demandantes en tan sólo 2 meses. Esta característica hará que los trabajadores puedan recibir las ayudas en los primeros meses del próximo año.