La Audiencia estudia si es competente para juzgar una de las piezas separadas del caso Nazarí

En la causa están procesados José Torres Hurtado e Isabel Nieto, así como un antiguo funcionario del área de Urbanismo

Granada.- Tribunales.- La Audiencia rechaza la apertura de juicio oral por la pieza 'Registrador' del caso Nazarí
El ex alcalde de Granada José Torres Hurtado, a su llegada a los juzgados para el comiezo del juicio por el caso Serrallo | Foto: Archivo GD
Europa Press
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La Audiencia de Granada está estudiando si es competente para juzgar la pieza separada del caso Nazarí conocida como expediente Obispo Hurtado, en la que están acusados el exalcalde de Granada José Torres Hurtado y la que fuera su concejal de Urbanismo, Isabel Nieto, por supuestas irregularidades en la construcción del edificio donde ambos tienen su residencia.

En la causa están procesados ellos dos y un antiguo funcionario del área de Urbanismo por presuntos delitos de prevaricación común, prevaricación urbanística y tráfico de influencias --este último delito no se atribuye al trabajador--. Si la Audiencia de Granada resuelve que no es competente, el caso sería juzgado por un juzgado de lo Penal.

En una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha dado traslado a las partes de este asunto, pidiendo que se posicionen sobre la posible "no competencia objetiva del tribunal para el presente procedimiento en atención a los delitos que se consignan en los escritos de acusación y a la fecha de los hechos", en tanto que la licencia de ocupación data de mayo de 2015.

Esto es anterior, según recuerda el tribunal, a la entrada en vigor la modificación penológica del delito de prevaricación común. Respecto al delito de tráfico de influencias, la Audiencia sí precisa que queda fuera de su ámbito competencial de acuerdo a lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En un reciente escrito, la acusación popular ejercida por el PSOE mantiene que sí es competente la Audiencia Provincial para enjuiciar este asunto en tanto que la pena puede superar los diez años por prevaricación continuada, una tesis que a su vez han respaldado las defensas. Tras lo que ahora deberá resolver el tribunal.

Tanto la Fiscalía como la acusación ejercida por el Ayuntamiento de Granada han pedido el archivo de esta pieza, que está relacionada con supuestas irregularidades en una promoción inmobiliaria donde el exalcalde y su concejal de Urbanismo, así como sus respectivos núcleos familiares, "tenían participación".

El PSOE ha solicitado doce años de inhabilitación especial para el empleo o cargo público para Torres Hurtado e Isabel Nieto por un supuesto delito de prevaricación común. Lo hace al entender que los dos participaron como promotores en la construcción de este edificio y recalca que las exigencias urbanísticas de esta promoción fueron "relevantes", a tenor de lo dispuesto en el PGOU y en el Plan Especial Centro, y en todas las incidencias ambos intervinieron de "manera decidida , con la finalidad de promover la rápida finalización y ocupación del inmueble en el que ya tenían adjudicadas determinadas unidades" (...) resolviendo obstáculos que "de otra manera resultarían insalvables".

La acusación popular ejercida por el empresario Ramón Arenas ha pedido penas de cuatro años y medio de prisión para Torres Hurtado e Isabel Nieto por delitos de prevaricación urbanística y común, y de tráfico de influencias. También ha formulado acusación contra el citado funcionario del Ayuntamiento, además de pedir la nulidad de la licencia de primera ocupación del edificio y del expediente seguido para su obtención.