El BOJA corrige el horario de los pedidos a domicilio para permitir realizarlos hasta las 23:30 horas

Además, los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 24:00 h., según la corrección de la Junta

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Un repartidor de la empresa Glovo | Foto: Ricardo Rubio / Europa Press
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El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica este viernes una corrección de errores de la orden de la Consejería de Salud que amplía los horarios de hostelería y restauración para permitir realizar pedidos de entrega a domicilio hasta las 23:30 horas con límite de entrega a las 24:00 h.

El BOJA publicó a última hora del pasado miércoles una modificación de la orden de la Consejería de Salud de octubre de 2020 relativa a los niveles de alerta sanitaria para la contención del Covid-19 que establecía en su artículo 11.3 que "los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 24.00 horas, estableciéndose como hora límite para realizar los pedidos las 23:00 h.".

La Junta ha "advertido error" en la citada orden y publica este viernes en el BOJA una "corrección" por la que determina que "los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 24:00 h., estableciéndose como hora límite para realizar los pedidos las 23:00 h.".

El hecho de fijar el grado 1 en los niveles de alerta es relevante a efectos de limitación de horarios, ya que una modificación de la orden de 8 de noviembre de 2020 que modula los niveles de alerta 3 y 4 publicada el 8 de abril establece que "en el grado 1 las medidas coincidirán con las recogidas para el nivel de alerta 3 ó 4 de la Orden de 29 de octubre de 2020, si bien con una limitación horaria de las 20:00 h. en todas las actividades, servicios o establecimientos recogidos en la misma".