Los cambios en el IVA de los alimentos: qué productos tienen el 0% y cuáles bajan al 5%
Los precios se han disparado y el Gobierno decidió tomar medidas para ayudar a los consumidores más vulnerables con la rebaja del impuesto en varios productos
Los precios de los alimentos se han disparado y llenar el carro de la compra es ahora mucho más caro que hace un año. Por ello, el Gobierno decidió tomar medidas para ayudar a los consumidores más vulnerables y aprobó el Real Decreto-ley 20/22 de 27 de diciembre que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2023 y que recoge, entre otras medidas anticrisis, la rebaja del IVA en productos de la cesta de la compra. Así, el Gobierno ha fijado de manera temporal un IVA del 0% para los productos básicos y una rebaja del IVA de otros alimentos, que pasan del 10% al 5%. Una medida que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) demandaba desde hace tiempo para que los usuarios puedan acceder a los alimentos.
¿Qué alimentos tienen IVA al 0%?
Los alimentos que tienen un IVA del 0% son productos básicos como los siguientes: el pan común, incluso congelado, solo si no lleva otros añadidos; harinas panificables, no la harina normal o de repostería o de rebozar; la leche, ya sea líquida, en polvo, UHT o fresca (pasterizada) y también la concentrada, no la condensada que tiene el IVA habitual; quesos de todo tipo: frescos, o más o menos curados, de vaca, oveja, cabra; los huevos; frutas y verduras frescas, desecadas, congeladas o de cuarta gama, siempre que no lleven otros ingredientes; tubérculos; cereales y legumbres secas, arroz, garbanzos, judías, maíz....
La rebaja al 0% no afecta a las conservas de verduras, frutas, legumbres... Ni al arroz precocido o a las patatas prefritas. Estos productos tendrán el IVA que les corresponde del 10%. Lo mismo sucede con los panes especiales, de semillas, etc. que también mantienen el 10%, señalan desde la OCU.
¿Qué alimentos tienen IVA del 5%?
Los alimentos que tienen IVA del 5% en vez de 10% desde el 1 de enero son estos: el aceite de oliva, ya sea virgen extra, virgen, aceite de oliva o de orujo de oliva; los aceites de semillas, girasol soja o maíz y sus mezclas, y las pastas alimenticias: macarrones, fideos, espaguetis.
Piden rebajas del IVA en otros alimentos necesarios
Para la OCU, esta medida es una buena noticia, pero se podría avanzar más ya que pide "que se rebaje especialmente el IVA de otros alimentos que también son necesarios, como las carnes o el pescado frescos", y que se aplique esta medida "sobre todo a los que tienen un perfil nutricional más saludable, como sucede con el pan integral, por ejemplo".
Por otro lado, esta medida es temporal. Su vigencia se extenderá por seis meses, hasta el próximo 30 de junio de 2023. "Si la situación mejorara antes, por ejemplo si el IPC subyacente de marzo fuera inferior al 5,5% -ahora ronda el 7%-, estas medidas finalizarían el 30 de abril", detalla la OCU.