Caso Volkswagen, lo que te interesa saber
El Caso Volkswagen ha llenado páginas desde su salida a la luz, la alarma creada por este asunto puede generar desconcierto, entre el cruce de acusaciones y los anuncios de medidas, sanciones y demandas al grupo automovilístico, por ello es importante exponer con claridad los hechos, para que los posibles afectados puedan actuar correctamente.
La información sobre las irregularidades relacionadas con las emisiones ya reconocidas por el Grupo Volkswagen, mediante nota de prensa del 22 de septiembre de 2015, revelan que los vehículos que incorporan el motor EA189 cuentan con un software inteligente que ofrecía cifras distintas en las mediciones, dependiendo de si el vehículo se encontraba parado o en conducción.
Este software inteligente arrojaba un nivel de emisión de óxido de nitrógeno inferior al real. Los coches de Volkswagen con motores diésel EA 189 de cuadro cilindros vienen equipados con un software que detecta si el vehículo está parado, realizando inspección, o en conducción, el sensor inicia un ciclo del motor que reduce el CO2 emitido y enmascara que supera en realidad entre 5 y 35 veces los niveles permitidos. Volkswagen admitió la existencia del dispositivo, pero no ha revelado su funcionamiento. Se barajan dos alternativas: que se active al detectar que el volante no se mueve mientras se inspecciona el coche, o porque el control de tracción está desconectado.
En concreto, el Grupo Volkswagen está compuesto por más 12 marcas de entre las que se pueden ver afectadas: Volkswagen, Audi, SEAT y ŠKODA.
La primera cuestión que se suscita consiste en saber exactamente en qué modelos se aplicó ese software y cuáles de ellos están circulando en España. Para ello, el Grupo Volkswagen a puesto en a disposición de los afectados las herramientas que les permitan informarse sobre esta cuestión. Por ahora, el Ministerio de Industria no se ha pronunciado respecto de las consecuencias que puedan afectar a la homologación de estos vehículos. Si esto ocurriera, está claro que cualquier afectado podría reclamar a la marca la indemnización correspondiente.
Lo que debe tener en cuenta, en primer término, cualquier afectado sobre posibles acciones para reclamar daños y perjuicios, es que se debe comprobar si finalmente se puede determinar si este problema va a producir realmente algún daño o perjuicio al propietario del vehículo. Aún está por ver cuáles son las consecuencias que pueda comportar todo esto, desde algunos medios se ha plateado qué podría pasar si hay que rectificar el vehículo y este pierde potencia; si esto fuese así, sería reclamable una indemnización, o incluso la resolución del contrato, pero tampoco se ha demostrado que esto vaya a ocurrir. Para poder comprobar todo esto, primero se tiene que comunicar públicamente qué procedimiento se tiene que seguir para rectificar los modelos afectados, por tanto cuando se tenga que llevar el vehículo a un taller oficial de la marca para ello, se podrá hacer un banco de potencia y medirla antes y después de la corrección del software que la marca se ha comprometido a hacer.
Al igual que ésta, se ha hablado de otras posibles consecuencias, como por ejemplo pagar más en parquímetros que dependen de las emisiones, tener que pasar la ITV de forma extraordinaria o más coste de carburante, todo esto de momento son meras conjeturas y estará por demostrar que así sea y, además, habrá que acreditarlo con un estudio sobre el consumo del vehículo antes y después de ser efectuada la corrección del software.
Por tanto, cualquier afectado, antes de plantear la posibilidad de entablar algún tipo de acción, tiene que contar con la confirmación de que éstas u otras consecuencias van a afectar a su vehículo. No obstante, sí es conveniente que no se firme nada con la marca sin antes analizar el contenido del documento con un abogado, apuntarse a las listas de afectados para tener toda la información y reunir la documentación necesaria sobre el vehículo de que se disponga, así como la que vaya facilitando el Grupo Volkswagen, para en el caso de tener que emprender algún tipo de acción, contar con toda la documentación acreditativa necesaria.
Comentarios
Un comentario en “Caso Volkswagen, lo que te interesa saber”
José Luis Gayo.
22 de agosto de 2016 at 18:53
¿Y que hay de los perjuicios al interés general: Deducciones tributarias al precio de adquisición de los vehículos supuestamente poco contaminantes (planes PIVE) y en el Impuesto de circulación de vehículos, daños al medio ambiente por la mayor contaminacIón aérea derivada de unas emisiones de CO2, sustancias nitrogenadas,, etc., superiores a las declaradas. ¿No deberían haber hecho las autoridades competentes alto al respecto, exigiendo a Volkswagen las compensaciones pertinentes, como ya se ha hecho por el Gobierno norteamericano? Yo creo que sí.