CCOO valora que el TSJA "anule" dos apartados del convenio de hostelería negociado por UGT

El Alto Tribunal ha condenado a UGT a pagar una indemnización de 3.000 euros por haber vulnerado el derecho sindical de Comisiones Obreras de Granada

terrazas_04_CarmenVega
El convenio colectivo de hostelería se firmo el 19 de mayo de 2023 tras más de tres años de negociaciones | Foto: Archivo GD
Europa Press
0

El sindicato CCOO ha valorado este viernes que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) "anule" dos apartados del convenio colectivo de la hostelería de Granada, que "excluía" al sindicato de la comisión negociadora, y ha criticado que a su parecer UGT y la patronal actuaran "de forma totalmente irresponsable por haber firmado un acuerdo que claramente perjudica los intereses de los trabajadores".

Así lo ha señalado CCOO en una nota de prensa en la que su secretario general de Servicios en Granada, Roberto Ariza, ha afeado también a UGT y la patronal "haber intentado" excluir a su organización sindical "de una negociación" donde tenía "a casi la mitad de la representación sindical".

Para Ariza, "esta condena supone un revés a la estrategia de UGT y patronal en el convenio de la hostelería y una garantía" para los trabajadores del sector, "cuyo futuro laboral depende de la organización con mayoría en la mesa negociadora y, como ha quedado probado, no todos" defienden "de la misma forma los intereses de las plantillas".

Según la información facilitada por CCOO, el TSJA "ha declarado la ilegalidad de dos apartados incluidos en el convenio colectivo de la hostelería de Granada, firmado en mayo de 2023 por UGT y la Federación de Empresas de Hostelería y Turismo, que excluían a CCOO de participar en la mesa negociadora".

Asimismo, según ha proseguido CCOO, el Alto Tribunal "da por probado que el UGT ha vulnerado el derecho sindical de CCOO Granada y le condena a pagarle una indemnización de 3.000 euros" mientras "la patronal, por su parte, esquiva la condena al allanarse a la demanda" en "el mismo acto de juicio".

La sentencia es el resultado de la demanda interpuesta por CCOO por la inclusión en el convenio de dos cláusulas que reservan la denuncia de éste sólo a las partes firmantes, excluyendo a las demás que están legitimadas por el Estatuto de los Trabajadores.

En este sentido, el TSJA afirma en su escrito, según ha informado CCOO, que "las funciones otorgadas a la comisión paritaria exceden con mucho de las meramente interpretativas o de seguimiento y vigilancia del cumplimiento del convenio", ya que, no sólo le otorga la capacidad para crear la comisión negociadora.

También "añade que ésta tendrá la misma composición que la comisión paritaria", donde "sólo" está representada UGT como parte social, "excluyendo por tanto de la comisión negociadora a cualquier otro sujeto legitimado como el sindicato de CCOO".

Desde este sindicato han incidido también en que el convenio colectivo de la hostelería de Granada se firmó el 19 de mayo de 2023 tras más de tres años de negociaciones durante los cuales CCOO mantuvo "el liderazgo, obteniendo importantes concesiones como el aumento del grupo profesional de las camareras de piso y una subida salarial para compensar la pérdida de poder adquisitivo".

Luego no firmó el convenio "porque precarizaba a los trabajadores fijos discontinuos y rebajaba un 25% el sueldo a los jóvenes con contratos en prácticas y de formación. Del mismo modo, implicaba el retraso en el pago a las camareras de piso del aumento de sueldo como consecuencia de la subida de grupo profesional".