El CGPJ designa a Rafael Mozo como su presidente interino y provoca una división en el liderazgo del Poder Judicial

La nueva situación podría propiciar un conflicto que se dirimiría en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo

Rafael Mozo CGPJ
El vocal Rafael Mozo durante un Pleno extraordinario del Consejo General del Poder Judicial | Foto: Gabinete
Europa Press
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El CGPJ ha acordado designar a su vocal de mayor edad, Rafael Mozo, como su presidente interino, tras la dimisión de Carlos Lesmes, lo que supone 'de facto' que el liderazgo del Poder Judicial queda dividido, ya que el magistrado Francisco Marín Castán es quien ejerce las funciones de la Presidencia del Tribunal Supremo (TS) desde que la renuncia de Lesmes se hizo efectiva.

La votación ha salido adelante con una amplia mayoría, 16 de votos a favor y solo uno en contra --el del vocal Wenceslao Olea--, mientras que la vocal Mar Cabrejas se ha ausentado, según las fuentes consultadas por Europa Press.

Mozo, que llegó al CGPJ a propuesta del PSOE, ingresó en la carrera judicial en 1985. Tuvo varios destinos hasta que en 1998 aterrizó en la Audiencia Provincial de Madrid. Desde 2018 tiene su plaza como magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Convocado por el propio Lesmes con el objetivo de que los sectores progresista y conservador del Consejo General del Poder Judicial dieran cuenta del estado de las negociaciones para nombrar a los dos candidatos al Tribunal Constitucional (TC) --tras su tercera reunión fallida--, lo cierto es que el Pleno de este jueves ha estado dominado por la cuestión sucesoria.

Cómo reemplazar a Lesmes

La posible bicefalia se vislumbraba desde que el Gabinete Técnico del TS emitió el informe encargado por Lesmes para ir preparando su sustitución, después de que durante la apertura del año judicial, el pasado 7 de septiembre, avisara de que, si no había avances tangibles en las conversaciones entre PSOE y PP para renovar el CGPJ, dimitiría en "semanas".

Los expertos del Supremo fijaron que Lesmes debía ser reemplazado por una sola persona en los dos cargos que ejercía: presidente del CGPJ y del TS. Y apuntó a Marín Castán por ser el vicepresidente del alto tribunal, cargo que ejerce en funciones desde hace casi tres años, cuando el magistrado Ángel Juanes abandonó el puesto por llegar a la edad de jubilación.

Lesmes defendió el informe técnico ante la Sala de Gobierno del TS y ante el Pleno del CGPJ, y volvió a ratificarse en la vía sucesoria que encumbra a Marín Castán cuando comunicó al Rey Felipe VI su renuncia precisando que, "ante la imposibilidad legal de proceder al nombramiento de un nuevo presidente del TS y del CGPJ, (...) se activará el mecanismo de sustitución del presidente previsto en la ley".

No obstante, fuentes del órgano de gobierno de los jueces ya venían avanzando a Europa Press que la mayoría de los vocales del CGPJ se resistirían a aceptar a Marín Castán como presidente interino de ambas sedes, al verlo como una imposición del Supremo que deja sin margen de maniobra al Consejo.

Posible conflicto judicial

Los vocales críticos con Marín Castán se aferran al artículo 123.1 de la Constitución y al 586 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que encomiendan al CGPJ la elección del presidente del Poder Judicial.

Pero cabe recordar que, tras la reforma legal impulsada por el Gobierno el año pasado, un Consejo con el mandato vencido --como el actual, que lleva casi cuatro años caducado--, no puede hacer nombramientos discrecionales en la cúpula judicial, lo que incluye al presidente de CGPJ y TS.

Por eso, los partidarios de Marín Castán apuntan al artículo 590 de la LOPJ, conforme al cual "el vicepresidente (del Supremo) ejercerá en funciones el cargo de presidente del TS y del CGPJ en los casos legalmente previstos de cese anticipado del presidente y hasta el nombramiento de un nuevo presidente".

Fuentes del CGPJ y del TS advierten de que esta bicefalia podría propiciar un conflicto judicial que se dirimiría en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS, concretamente en su Sección Sexta, la que conoce de los recursos interpuestos contra los acuerdos del CGPJ.