¿Cómo se solicita la prestación por desempleo?: requisitos, plazos y cuantías

Dicha herramienta está diseñada para ofrecer un soporte económico temporal mientras se encuentra un nuevo trabajo

Oficina de empleo en Granada
Una oficina de empleo en Granada | Foto: Antonio L. Juárez
GranadaDigital
0

Si has perdido tu empleo de manera involuntaria es posible que tengas derecho a solicitar la prestación contributiva por desempleo. Esta prestación es gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y está diseñada para ofrecer un soporte económico temporal mientras encuentras un nuevo trabajo. Sin embargo, para acceder a esta ayuda, debes cumplir con una serie de requisitos y seguir un proceso específico.

Requisitos para cobrar el paro

  • Pérdida involuntaria del empleo: Debes haber perdido tu trabajo por causas ajenas a tu voluntad, como un despido, la finalización de un contrato temporal o un expediente de regulación de empleo (ERE).
  • Inscripción como demandante de empleo: Debes estar inscrito en el SEPE como demandante de empleo y firmar el compromiso de actividad. Este compromiso implica que te comprometes a aceptar ofertas de trabajo adecuadas a tu perfil y a participar en los programas de formación e inserción laboral que te ofrezca el SEPE o las agencias de colocación.
  • Cotización mínima: Es obligatorio haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Esto incluye tanto trabajos a tiempo completo como a tiempo parcial, ya que los días cotizados se cuentan por igual.
  • Edad: No puedes haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, salvo que no hayas cotizado lo suficiente para acceder a la pensión de jubilación o estés en situaciones especiales como la suspensión de relaciones laborales o reducción de jornada autorizadas por resolución administrativa.
  • No recibir otra pensión: No debes estar cobrando ninguna pensión de la Seguridad Social, ya que esto sería incompatible con la prestación por desempleo.

Si cumples con estos requisitos y, además, tenías dos empleos pero solo has perdido uno, podrás cobrar el paro siempre y cuando el empleo que conserves sea a tiempo parcial. En este caso, los días cotizados que se contarán para el paro serán solo los correspondientes a los empleos perdidos o con jornada reducida, no los de tu empleo parcial actual.

Proceso para solicitar el paro

Una vez que cumples con los requisitos puedes solicitar el paro. Tienes un plazo de 15 días hábiles desde el cese de la actividad laboral para hacer la solicitud, aunque este plazo empieza a contar una vez que hayas agotado las vacaciones que te queden pendientes.

La solicitud puede realizarse de tres maneras: por correo postal dirigido al SEPE, por medios telemáticos a través de la web del SEPE o de manera presencial en una oficina de empleo con cita previa. En cualquiera de los casos, necesitarás presentar una serie de documentos:

  • El formulario de solicitud, que incluye la declaración de los hijos a cargo y sus rentas, los datos de tu cuenta bancaria, el compromiso de actividad firmado y la autorización para que el SEPE consulte tu información en la Agencia Tributaria.
  • Tu documento de identidad (DNI, NIE o TIE) y el libro de familia si tienes hijos.
  • El certificado de empresa de los 180 días cotizados anteriores al cese de la relación laboral. Este documento debe ser enviado por la empresa al SEPE, pero en caso de que no sea posible, la empresa te lo entregará en papel para que lo presentes tú mismo.

El SEPE tiene un plazo de 15 días para resolver tu solicitud. Si faltan datos, se te concederá una prestación mínima mientras se completa la información. La prestación se pagará entre el día 10 y 15 de cada mes, mediante transferencia bancaria.

Importe y duración de la prestación

El importe que recibirás dependerá de tu base de cotización por accidente de trabajo, enfermedad profesional o desempleo de los últimos 180 días de empleo. Durante los primeros seis meses, cobrarás el 70% de esta base. A partir del séptimo mes, el porcentaje se reducirá al 60%, salvo en el caso de trabajadores afectados por un ERTE, quienes seguirán cobrando el 70%.

Existen topes mínimos y máximos en la cuantía de la prestación, que varían según si tienes hijos a cargo. En 2024, el importe mínimo es de 560 euros al mes sin hijos y 749 euros con hijos. El importe máximo varía entre 1.125 euros y 1.575 euros, dependiendo del número de hijos.

El paro tiene una duración mínima de cuatro meses y máxima de dos años, según los días que hayas cotizado en los últimos seis años. Si en ese tiempo ya has cobrado el paro anteriormente, los días cotizados que sirvieron para generar ese derecho no contarán para esta nueva prestación.

Finalmente, recuerda que del importe bruto que te corresponde se descontarán el 4,7% de la base de cotización a la Seguridad Social y la retención del IRPF. Esto significa que la cantidad neta que recibirás será un poco menor.







Se el primero en comentar

Deja un comentario