Condenada Pilar Sánchez a cuatro años y medio de cárcel

Por las irregularidades cometidas por el gobierno de la exalcaldesa socialista en la concesión de una ayuda municipal de 244.000 euros a la empresa Tecnología e Innovación Sanitaria (TISA) para instalarse en el Parque Tecnológico Agroindustrial (PTA), en el conocido como 'caso PTA

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La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a la exalcaldesa socialista de Jerez de la Frontera Pilar Sánchez a cuatro años y medio de prisión y ocho de inhabilitación absoluta por las irregularidades cometidas por el gobierno de la exalcaldesa socialista en la concesión de una ayuda municipal de 244.000 euros a la empresa Tecnología e Innovación Sanitaria (TISA) para instalarse en el Parque Tecnológico Agroindustrial (PTA), en el conocido como 'caso PTA'.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, condena a dos años, seis meses y quince días de prisión a la exdelegada de Medio Rural Carmen Martínez. Asimismo, el capataz agrícola que firmó el informe final de valoración de TISA ha sido condenado a un año y nueve meses de prisión. Por su parte, los tres administradores de TISA y el exdelegado de Fomento Juan Lebrero quedan absueltos.

FALSEDAD, PREVARICACIÓN Y MALVERSACIÓN

Pilar Sánchez ha sido condenada por un delito de falsedad en documento oficial --con concurrencia de la circunstancia agravante de "prevalerse de su carácter público"--, otro de prevaricación y otro de malversación de caudales públicos.

A Martínez, por su parte, se le condena por un delito de falsedad en documento oficial --con la circunstancia agravante de "prevalerse de su carácter público"--, otro de prevaricación y como autora por cooperación necesaria de un delito de malversación de caudales públicos.

Tanto Pilar Sánchez como Martínez han sido absueltas del delito de fraude a la administración por el que fueron acusadas. Por su parte, el capataz agrícola que firmó el informe final de valoración de TISA ha sido condenado por un delito de falsedad en documento oficial.

Además, se declara la nulidad de la resolución dictada el 25 de enero de 2008 por Pilar Sánchez como presidenta del Instituto de Promoción y Desarrollo de la Ciudad (IPDC) y se condena a la exalcaldesa y a Martínez a abonar al Ayuntamiento de Jerez 122.360 euros.

LOS HECHOS

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz expone que el 10 de julio de 2006 TISA había presentado ya una solicitud para incorporarse al PTA.

En relación a la misma, Jesús Parra, trabajador de la Delegación de Desarrollo Rural y encargado de emitir los informes de valoración de solicitantes de incorporación al PTA, comentó a Lebrero las dificultades que veía para poder informar favorablemente a la incorporación de TISA al PTA dada la actividad de ésta.

En la sentencia se añade que, tras esos comentarios, Pilar Sánchez "habló con Parra y le dijo que tratase con cariño a esa empresa, facilitándole diversa documentación y un teléfono de contacto".

En esta línea, describe cómo Pilar Sánchez certificó el 29 de enero de 2007 que TISA había presentado una solicitud para adquirir una parcela en el PTA.

En ese certificado, se indicaba que con esa solicitud TISA había presentado "el comprobante de ingreso de una cantidad a cuenta en concepto de fianza y parte de pago del precio de compraventa de la parcela de la que resulte adjudicataria la citada entidad mercantil en la próxima reunión de la Comisión de Seguimiento del Proyecto de Puesta en Funcionamiento del PTA".

Este certificado supone para la Audiencia un "indicio" de que Pilar Sánchez "tenía conocimiento de la solicitud formulada por TISA y voluntad de que se le adjudicase la parcela solicitada, ya que se llega a decir que la cantidad adjudicada es parte del precio de la parcela de la que resulte adjudicataria la sociedad TISA cuando todavía no se había reunido la comisión de seguimiento" que tenía que tomar esa decisión.

EL INFORME

La adjudicación de la parcela a TISA se basó en una ficha de valoración de Parra que le otorgaba a la solicitud nueve puntos sobre una puntuación de 14.

En la sentencia se resalta que "aunque TISA había obtenido la adjudicación de la parcela", Pilar Sánchez "decidió que iba a concederle una ayuda del 40 por ciento del precio establecido por el Consejo de Administración de Emusujesa".

La ficha técnica que otorgaba nueve puntos a la propuesta de TISA "era un impedimento para ello", porque un adjudicatario valorado con nueve puntos, como era el caso, sólo tenía derecho a una ayuda del 20 por ciento.

Por ello, Pilar Sánchez "dijo a Martínez que solicitase a Parra" la realización de un informe técnico que reconociese los 14 puntos a la solicitud de TISA para concederle la ayuda del 40 por ciento.

Martínez lo solicitó a Parra, pero éste no accedió. Posteriormente fueron "empleados de la Delegación de Fomento" los que insistieron a Parra en que debía hacer el informe porque "arriba estaban esperándolo".

Ante esto, Parra decidió redactar un documento en el que insistía en su valoración de la solicitud de TISA.

Éste fue enviado a Martínez por correo electrónico y, "siguiendo las indicaciones que otras personas le transmitieron por parte de Martínez", a J.C.J. --en aquel momento jefe de gabinete de Pilar Sánchez y actualmente su marido-- y a F.J.M.J., exdirector en aquel momento del Área de Desarrollo Económico de la que era delegado Lebrero y trabajador de la Escuela de Negocios.

El envío de este correo constituye para la Audiencia Provincial "un indicio muy importante sobre la participación en los hechos" de la exalcaldesa de Jerez.

MODIFICACIÓN DEL INFORME

Puesto que el documento redactado por Parra no era suficiente para conceder la subvención del 40 por ciento del precio de la parcela, "una o más personas no identificadas, con conocimiento de Pilar Sánchez, procedieron a realizar modificaciones en el mismo", indicándose en virtud de éstas en el informe que la puntuación total era de 14 sobre 14.

Además, Pilar Sánchez y Martínez "decidieron que ese documento tenía que firmarlo otro empleado municipal". Así, Martínez le dijo al capataz agrícola que ha sido condenado "que tenía que firmar un informe", que a Parra "no lo localizaban" y que "había que firmarlo", y que el documento "lo había visto Parra y todo estaba correcto".

De este modo, Rubio, confiando en Martínez, decidió hacer "lo que le pedían" y firmó el documento "con una firma ilegible y sin indicar su nombre". La Audiencia Provincial entiende que Martínez "no actuó en solitario" en estos hechos.

Tras esto se firmó la subvención de 244.720 euros a TISA, equivalente a un 40 por ciento sobre el precio de venta de la parcela. Se considera "acreditado" que el procedimiento de concesión de ayudas "no era automático ni rutinario y no pudo impulsarse por la actuación de ningún técnico", sino "por las personas competentes", que eran "Sánchez y Lebrero".

Estima probado que fue Pilar Sánchez "quien decidió" que el borrador modificado "fuese firmado por otro empleado municipal", ya que aunque "no se cuenta con prueba directa", sí hay "indicios que llevan a esa convicción".

PILAR SÁNCHEZ "DECIDIÓ" LA MODIFICACIÓN

La Audiencia Provincial tiene la "certeza" de que Pilar Sánchez "estuvo al tanto de lo que ocurría con el informe para otorgar los 14 puntos a la solicitud de TISA", que fue "la que decidió la modificación del borrador" y "que debía ser firmado por algún otro empleado municipal para crear la apariencia de informe técnico de valoración con 14 puntos, habiendo sido ella quien decidió conceder a TISA la máxima puntuación posible".

Apunta que Lebrero "no firmó la resolución en favor de TISA ni tampoco hay constancia de que interviniese directamente en el expediente administrativo, se interesase activamente en favor de dicha empresa, tuviese alguna relación con el borrador o con el informe firmado por el capataz, o apareciese relacionado de otra forma con TISA".

Y respecto a la responsabilidad de los administradores de TISA, resalta que "sólo hay constancia de que los TISA presentó una solicitud" y de que "respondió a las peticiones de aclaración que sobre su actividad le realizó el señor Parra".