Condenada a tres años de prisión por clavar un punzón a una menor tras discutir en un parque de Granada
La víctima tuvo que ser operada y sufrió la extirpación de la vesícula biliar
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una condena de tres años de prisión para una joven por clavar un punzón en el abdomen a una menor con la que discutió en un parque en las inmediaciones del colegio Amor de Dios, en la Calle Fray Juan Sánchez Cotán de Granada.
El punzón atravesó la pared abdominal de la víctima, que en ese momento tenía 17 años, alcanzándole el hígado y tuvo que ser operada, sufriendo la extirpación de la vesícula biliar, según consta en la sentencia del alto tribunal andaluz, a la que ha tenido acceso Europa Press. De hecho, la agresora, que en el momento de los hechos tenía 18 años, ha sido condenada a abonar 30.000 euros a la otra joven por las lesiones y secuelas sufridas.
Los hechos se remontan a las once y media de la noche del 11 de junio de 2021. Víctima y agresora llevaban varios días discutiendo a través de las redes sociales y por mensajes telefónicos "por motivos de celos por un novio que supuestamente habían compartido" y aquella noche la acusada pasó por un parque en el que se encontraba la menor junto a una amiga y el hijo de esta última.
Comenzaron a discutir, se cogieron por los pelos y, en ese momento, la acusada sacó un punzón de los empleados para fumar en una cachimba, de unos 25 centímetros, con el que arañó el rostro de la menor, en la mejilla derecha. Luego la pinchó en el abdomen por encima del ombligo y se fue del lugar. La menor tuvo que ser operada de la lesión sufrida y tardó en curar 172 días.
Aún le quedan secuelas funcionales y cicatrices en el rostro y el abdomen.
La Sección Segunda de la Audiencia de Granada condenó a la agresora por un delito de lesiones agravadas a la pena de tres años de prisión y a la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 300 metros de la víctima por un periodo de cinco años. La procesada recurrió la condena, pero la Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha desestimado su recurso y ha confirmado íntegramente la resolución inicial.
Mantiene el alto tribunal andaluz que la acusada era "consciente", dadas las características del utensilio y la intensidad del ataque, de que podía poner en "peligro" la integridad física de la menor "sin que ello le disuadiera de continuar con su acción, por resultarle indiferente lo que pudiera ocurrir", añade la sentencia, contra la que cabe recurso ante el Supremo.