Condenado a 20 meses de prisión tras propiciar el atropello de un padre y su hija
La Audiencia de Granada ha condenado al acusado de provocar que un autobús arrollase a ambos familiares en 2016
La Audiencia de Granada ha condenado a 20 meses de prisión a un hombre acusado de propiciar que un padre y su hija fueran atropellados por un autobús en 2016 a raíz de que el progenitor entrara en el cajero automático donde dormía el acusado, que a partir de ese momento se encaró con ellos, les persiguió y forcejeó hasta que acabaron en la calzada y fueron arrollados.
Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos ocurrieron sobre las 22:00 horas del 10 de agosto de 2016, cuando el acusado se encontraba acostado en el interior de un cajero al que en ese momento acudió el padre, de 42 años, acompañado de su hija, de ocho.
Mientras la menor esperaba fuera, en la puerta del cajero de la entidad bancaria, su padre entró para pagar un recibo, pero se dio cuenta de que el importe no coincidía con lo esperado y salió de la sucursal para llamar por teléfono a la compañía. En ese momento el acusado se levantó y se dirigió de forma agresiva a la víctima, que sujetó la puerta para evitar que saliera de la sucursal. No obstante, tras soltarla, el procesado salió encarándose con él y su hija, insultándoles y asegurando que les iba a matar.
Temiendo por su integridad física, el padre cogió de la mano a la pequeña para irse rápidamente, pero el acusado les persiguió, llegando también a agarrar de la mano a la niña. El padre, preso de un gran miedo y con el propósito de liberar a su hija para escapar, tiró de ella y con el impulso ambos fueron a parar a la calzada por donde en ese momento circulaba un autobús urbano contra el que impactaron.
A consecuencia de este atropello los dos sufrieron importantes lesiones por las que tuvieron que ser hospitalizados, el progenitor en la Unidad de Cuidados Intensivos.
El Juzgado de lo Penal 3 de Granada condenó en primera instancia al acusado por estos hechos, pero recurrió y la Audiencia de Granada ha confirmado ahora el fallo por dos delitos de lesiones que, además de los 20 meses de prisión, también le prohíbe aproximarse a las víctimas a menos de cien metros y comunicarse con ellas durante un periodo de dos años.