Condenados a cinco y tres años de prisión por tráfico de droga en la Alpujarra
Los dos hombres fueron sorprendidos en la Alpujarra con 300 gramos que pretendían vender a terceras personas con un valor de más de 18.000 euros
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a penas de cinco y tres años de prisión a dos hombres que fueron sorprendidos en la Alpujarra con 300 gramos de cocaína en su poder que pretendían vender a terceras personas y que habrían alcanzado un valor de más de 18.000 euros en el mercado ilícito.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, son condenados también a multas de 50.000 y 30.000 euros, todo ello por la comisión de sendos delitos contra la salud pública por tráfico de sustancias que causan grave daño.
La Guardia Civil ya sospechaba del condenado a cinco años de prisión y multa de 50.000 euros, de 45 años, y, en la mañana del 4 de noviembre de 2019, desplegó un dispositivo de vigilancia por el que varios agentes le siguieron cuando salió de su domicilio de Ugíjar y se dirigió hasta la estación de autobuses para encontrarse con el segundo, vecino de Madrid, para el que la Fiscalía pidió inicialmente una pena de cuatro años de prisión, que, en sus conclusiones definitivas, rebajó a los tres con los que finalmente ha sido penado, aplicándole la atenuante de confesión.
Este último venía de El Ejido (Almería) y ambos habían acordado encontrarse para llevar a cabo actividades vinculadas a la venta y distribución de droga. En ese momento los agentes les identificaron y en un cacheo superficial localizaron a este segundo acusado, condenado ahora también al pago de 30.000 euros, un paquete con 300 gramos de cocaína en su interior.
Tras un juicio oral que tuvo lugar el pasado 15 de febrero, la sentencia añade que al día siguiente autorizó un registro en el domicilio del primero, "incautándose en su interior, amén de numerosos efectos destinados a la preparación, distribución y venta de sustancias estupefacientes, tales como precursores, libretas con diversas anotaciones, varios teléfonos móviles, 410 euros en moneda fraccionaria, una máquina de envasado al vacío, un gato hidráulico, una balanza de precisión, moldes para preparación de las sustancias y otros de naturaleza similar, otras diversas sustancias".
Estas últimas, una vez pesadas y analizadas por el laboratorio oficial, resultaron ser cannabis con un peso neto de 5,81 gramos, así como cocaína con un peso neto de 2,61 gramos.
Se da la circunstancia de que el procesado principal, que anunció que preveía recurrir la sentencia, en la que se le aplica la agravante de reincidencia, había resultado ejecutoriamente condenado el 30 de junio de 2016, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años de prisión y 35.000 euros de multa.
El acusado condenado a tres años carece de antecedentes penales, habiendo reconocido íntegramente en el juicio oral su intervención en los hechos, aportando de igual forma datos tendentes a facilitar el esclarecimiento de lo ocurrido, detalla la sentencia. Ambos se encontraban cautelarmente privados de libertad desde el 4 de noviembre de 2019.