Condenan a nueve años de inhabilitación al exvicepresidente de Diputación (IU) por el caso Mercamed

La Audiencia de Granada solicita nueve años, tres meses y un día de inhabilitación por cometer un delito de prevaricación Julio Bernardo Castro

Julio-Bernardo-Castro
Imagen ilustrativa de Julio Bernardo Castro | Archivo GD
E.P
0

La Audiencia de Granada ha condenado al exvicepresidente de la Diputación de Granada Julio Bernardo Castro (IU) a nueve años, tres meses y un día de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación en el llamado 'caso Mercamed' debido a irregularidades en las contrataciones realizadas para la feria empresarial celebrada en 2011 en Tetuán con financiación europea.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia absuelve sin embargo a las once personas --entre asesores, técnicos de la institución provincial y representantes de empresas-- que se sentaron junto a Julio Bernardo en el banquillo de los acusados el pasado abril; así como a las entidades que estaban presentes en el proceso como responsables civiles directos, después de que se les adjudicaran servicios que no llegaron a prestar.

El tribunal considera probado que para realizar la Feria Mercamed, que se celebró del 26 al 28 de mayo de 2011 en la localidad marroquí de Tetuán, "se fraccionó en contratos menores" y "sin expediente alguno" todo lo referido al evento, como el transporte del material, la seguridad o el montaje, con el objetivo de "evitar los controles y los trámites legales".

A ello se suma que ninguna de las empresas a las que se adjudicó servicios para la feria "realizó prestación alguna para la Diputación de Granada, pese a lo cual presentaron sus correspondientes facturas para cobrar el importe de lo contratado; facturas a las que se les dio el visto bueno por los técnicos de la Diputación y por --el entonces-- vicepresidente de la Diputación".

Mantiene la Audiencia que Julio Bernardo dio luz verde a las facturas "pese a conocer" que las empresas no habían realizado trabajo alguno, puesto que él fue la persona que autorizó la firma de un contrato con la empresa marroquí Juridicus Maroc para que se hiciera cargo del evento, después de que surgieran problemas en el Puerto de Tánger para que el material pudiera pasar la frontera.

La Sala considera que el exvicepresidente de la Diputación es autor de un delito continuado de prevaricación "dada su participación directa, voluntaria y material en los hechos", además del "responsable último de las decisiones relativas al desarrollo de la Feria Mercamed".

"Es cierto que su intervención no se concreta, o se desconoce cual fue materialmente, durante la fase de adjudicación fraccionada de los distintos contratos (...), pero sí queda claro que era el responsable último de tales adjudicaciones" y "resulta nítida su participación en la decisión de firmar el contrato con Juridicus Maroc, pues así lo ha reconocido en todo momento y para cuya firma no tenía capacidad ni se siguieron los trámites previstos legalmente", agrega la sentencia, contra la que cabe recurso de casación.

Aunque Julio Bernardo sostuvo durante el juicio que la única intención fue "posibilitar la celebración de la feria" ante la situación sobrevenida de que el material fuera retenido en el Puerto de Tánger, y que esto "evitó graves perjuicios a la Diputación, como la pérdida de las subvenciones de la Unión Europea"; el tribunal discrepa y alude a una cláusula en la convocatoria de la feria en la que la institución provincial se reservaba el derecho de suspender o anular la actividad ante circunstancias excepcionales, desvinculándose de cualquier tipo de responsabilidad.

El resto de acusados se enfrentaban a penas de ocho años y cinco meses de prisión por supuestos delitos de prevaricación administrativa perpetrada por funcionario público, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y falsificación de documento mercantil.

El tribunal considera probado el delito de prevaricación, que focaliza en Julio Bernardo, pero no el resto de ilícitos, de modo que absuelve a los otros acusados y empresas involucrados en el proceso. Así, y aunque ha quedado acreditado que por ejemplo las empresas presentaron facturas por servicios no prestados y fueros pagadas, el dinero finalmente acabó siendo abonado a las personas que realmente prestaron el servicio.

Julio Bernardo, que es funcionario de correos, se enfrentaba a una petición fiscal de ocho años y cinco meses de prisión y 17 años de inhabilitación, que la Audiencia ha rebajado a nueve años, tres meses y un día de inhabilitación especial para empleo o cargo público.