Declarado culpable el conductor ebrio que mató a dos jóvenes
La Fiscalía se ha mostrado muy satisfecha con el resultado obtenido pues se han acogido casi con plenitud las pretensiones que planteaba
Un jurado popular ha declarado culpable por unanimidad al conductor que ha sido juzgado esta semana en la Audiencia Provincial de Granada acusado de conducir de forma temeraria y bajo los efectos del alcohol provocando, el 11 de septiembre de 2017, un accidente en el que murieron dos jóvenes y una tercera persona resultó herida.
El jurado ha leído su veredicto cerca de las 21:00 horas de este jueves y ha declarado culpable al acusado de dos delitos de homicidio imprudente, otro de lesiones imprudentes, conducción temeraria, conducción alcohólica, así como un delito de omisión del deber de socorro, según han detallado fuentes del caso.
Los miembros del jurado han apreciado que al día siguiente del accidente se presentó voluntariamente en el cuartel de la Guardia Civil para prestar declaración y reconocerse autor de los hechos, aunque en todo caso esta posible atenuante de confesión deberá ser recogida en sentencia si así lo estima el magistrado presidente.
Tras la lectura del veredicto la Fiscalía se ha mostrado muy satisfecha con el resultado obtenido pues se han acogido casi con plenitud las pretensiones que planteaba, tanto respecto a las muertes ocasionadas como al reconocimiento del incumplimiento por parte del acusado del deber de atender a las víctimas en el lugar del accidente, en el que murieron dos jóvenes de 20 y 22 años, y una tercera persona resultó herida.
En la última sesión del juicio, la Fiscalía y la acusación particular --que ejercen los familiares de las víctimas y la joven que salvó la vida en el accidente--, rebajaron de ocho a cinco años y medio de prisión su petición de condena. Ambas acusaciones realizaron así un escrito conjunto solicitando una pena de cuatro años por dos delitos de homicidio, lesiones imprudentes y conducción temeraria; y piden otro año y medio por la omisión del deber de socorro.
La razón de ambas acusaciones para mantener la solicitud de pena por la omisión de socorro fue el hecho de que el acusado omitió cualquier comprobación del estado en que quedó el vehículo contra el que colisionó aquel día en la A92N y se preocupó "únicamente" por alejarse de la escena del accidente.
La circunstancia de que las víctimas pudieran ser asistidas en un plazo de unos 10 minutos por los servicios de emergencia es lo que les ha llevado a la reducción de la petición de pena, solicitándola en el tramo inferior que establece la ley.
En la primera sesión del juicio, el acusado declaró que cuando cogió el coche "estaba en condiciones para conducir" pese a que había ingerido alcohol previamente, pero el otro vehículo iba a poca velocidad, había un cambio de rasante y no lo vio. "Cuando me di cuenta estaba encima de él, intenté esquivarlo" y en esa maniobra "le golpeé", dijo.
Según explicó, tras la colisión salió del coche y se acercó al de las víctimas, pero no les prestó auxilio ni llamó a los servicios de emergencia porque "de momento" pararon otros vehículos y una mujer le hizo saber que ya habían dado el aviso. También reconoció que en vez de quedarse allí para hablar con la Guardia Civil o recibir asistencia sanitaria optó por irse andando hasta una venta cercana para que un familiar le recogiera y le llevara al hospital.
Ya en el Hospital de Baza fue atendido y, tal y como consta en la causa, se le practicó un análisis de sangre que arrojó una tasa de alcohol en sangre de 2,14. El acusado dijo que esto fue fruto de lo que bebió tras el accidente, en la cafetería del propio centro hospitalario, mientras esperaba a ser atendido y no antes del siniestro.