El Defensor del Pueblo abre una queja de oficio por los "reiterados cortes de luz" en Castilléjar y Galera

La institución señala que ha tenido conocimiento de que los alcaldes de ambas localidades han trasladado a Endesa el "malestar" vecinal

Cortes de luz zona Norte 3
Cortes de luz | Foto: Archivo GD
Europa Press
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La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, ha abierto una queja oficio por los "reiterados cortes de luz" en las localidades granadinas de Castilléjar y Galera.

En la queja, consultada por Europa Press, la institución señala que ha tenido conocimiento, a través de los medios de comunicación, de que los alcaldes de ambas localidades granadinas han trasladado a Endesa el "malestar" vecinal a causa de los "graves perjuicios" que están ocasionando los "reiterados cortes --una media de entre tres y ocho durante el día-- en el suministro eléctrico" en ambas localidades

Precisa que ambos ayuntamientos "habrían mantenido numerosas conversaciones con los servicios técnicos de Endesa desde que comenzaran estas incidencias, pero no se habría resuelto el problema". Además, apunta que los alcaldes "destacan las pérdidas que sufren las empresas que operan 'on line' en esas localidades y demandan una solución definitiva al problema que, según apuntan, parece ser de la línea de media tensión, a la que consideran culpable de estos cortes de suministro".

De este modo, la Defensoría expone que ha iniciado esta actuación de oficio "con objeto de conocer el alcance del problema y, en su caso, proponer soluciones al mismo", al tiempo que afirma que "ha solicitado la colaboración necesaria de Endesa". Además, "hemos dado cuenta a los ayuntamientos de Castilléjar y Galera de la apertura de la actuación de oficio y se les ha solicitado información sobre la evolución del problema", manifiesta.

El Defensor del Pueblo considera en su queja que "se encuentra afectado" el derecho a la protección de los consumidores que garantiza el artículo 27 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (EAA) y que el artículo 51 de la Constitución española define "como uno de los principios que deben regir la actuación de las administraciones públicas".

Igualmente, cree que "la garantía del disfrute de un suministro esencial como la luz resulta parte inalienable del derecho de toda persona a una vivienda digna y adecuada y, más aún, como condición necesaria para el debido respeto a la dignidad humana", y añade que en algunas ocasiones la falta de suministro eléctrico "puede afectar a principios rectores de la política social y derechos reconocidos por nuestro Estatuto como son la protección de la salud, de las personas mayores, de las personas con discapacidad y de la infancia".

La citada actuación de oficio está dirigida a la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior, a Endesa, a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada y a los ayuntamiento de Castilléjar y Galera.