Detenido un hombre por poseer y exhibir un arma prohibida
El individuo se encontraba en la vía pública haciendo ostentación de un arma 'Taser' de alta capacidad lesiva ante un grupo de personas mientras consumía alcohol
Agentes de la Policía Nacional han detenido en Granada a un varón de 39 años con antecedentes policiales por hechos no relacionados, al que se le atribuye la presunta autoría de tenencia ilícita y exhibición de arma prohibida, interviniéndole un dispositivo tipo “taser” plenamente funcional.
Una llamada al 091 alertó a los agentes de que un individuo con un arma tipo “taser” se hallaba en la vía pública haciendo ostentación de la misma frente a un grupo de personas. Personados de inmediato en el lugar, localizaron a dicha persona consumiendo alcohol en la calle y en compañía de otras cinco personas. Los agentes pudieron comprobar que este individuo portaba un dispositivo de bolsillo, fácilmente camuflable, diseñado para paralizar a cualquier persona mediante una fuerte descarga eléctrica.
La patrulla de la policía tras una primera inspección del dispositivo pudo determinar que el aparato era completamente funcional y que disponía de las baterías plenamente cargadas. Igualmente se averiguó que el detenido no poseía factura de compra ni ningún tipo de documentación relativa al mencionado dispositivo.
El “taser” intervenido es capaz de realizar una descarga de varios Kilovatios provocando un efecto paralizante sobre la actividad del sistema nervioso, provocando la inmovilización temporal del sujeto que recibe dicha descarga. El uso indebido del mismo puede causar graves lesiones que en casos extremos podrían llegar incluso a provocar la muerte bajo determinadas condiciones.
La tenencia y exhibición de armas prohibidas constituye delito
El Reglamento de Armas vigente regula la posesión y el uso de las armas, recogiendo un listado en el que se especifica que tipo de armas se consideran prohibidas, precisamente en uno de sus apartados figuran las denominadas “defensas eléctricas”, al cual estarían adscritos los “taser”. Sobre este tipo de armas la legislación prohíbe su publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, entiéndase Cuerpos policiales estatales, autonómicos y locales además de las Fuerza Armadas y siempre bajo el estricto cumplimiento de las preceptivas normas reglamentarias. Por otra parte el Código Penal considera delito la simple tenencia de armas prohibidas.
Así pues, estimando que los hechos eran constitutivos de infracción penal los agentes procedieron a la intervención del arma prohibida, practicando al mismo tiempo la detención de su propietario.
El detenido fue trasladado a dependencias policiales y puesto a disposición de la autoridad judicial.