Duros cambios en el carné por puntos: Así lo planea la DGT este 2021
La nueva Ley de Tráfico sancionará con multas más duras y un mayor periodo de tiempo para recuperar todo el saldo de puntos
El pasado mes de noviembre de 2020 se anunciaron los cambios que entrarían en vigor este nuevo año con la modificación de la Ley de Tráfico, y que se hará efectiva en los próximos meses con su tramitación y aprobación definitivas en el Congreso de los Diputados. Gran parte de esas medidas afectarán directamente al carné de conducir por puntos, endureciendo las multas y alargando el proceso para recuperar los puntos perdidos.
El permiso de conducir tiene asociado un número de puntos, que si no se cometen infracciones son 12 en total. Con la nueva reforma, si pierdes puntos necesitarás un mínimo de dos años para recuperarlos en su totalidad, y durante ese periodo no puedes haber incurrido en ninguna sanción de tráfico que conlleve la sustracción de puntos. Además, en ese supuesto también deberías hacer los correspondientes cursos de concienciación y recuperación de puntos.
Así lo anunció la Dirección General de Tráfico en su cuenta de Twitter:
Con la próxima reforma de la #LeySeguridadVial , antes de que un conductor sancionado pueda recuperar el saldo inicial, tendrán que pasar 2 años sin ser penalizado por nueva infracción que conlleve pérdida puntos.
? https://t.co/DTikjdh9Jo#SeguridadVial pic.twitter.com/RAB7y5jCoc
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) February 28, 2021
La nueva Ley de Tráfico contiene unas duras medidas, que se encuentran pendientes de aprobación pero que se tratarían de las siguientes:
- Usar el teléfono móvil al conducir resta 6 puntos, en lugar de los 3 actuales
- Penalización de 4 puntos por no usar los sistemas de seguridad homologados: en la actualidad, no usar algunos de los sistemas y dispositivos de seguridad obligatorios y homologados (el cinturón de seguridad, la sillita infantil o los cascos, etc.) conlleva una sustracción de 3 puntos en el carné; con la nueva Ley de Tráfico, se quiere subir a 4 la resta de puntos.
- Nada de anti-radares: los únicos dispositivos permitidos para avisar de un radar de velocidad son los avisadores, que emplean bases de datos oficiales de la DGT con la ubicación de los cinemómetros. Con la nueva Ley, llevar detectores de radar en el vehículo, aunque no se estén usando en el momento de la parada del agente de Tráfico, también se considerará sanción grave e implicará una resta de 3 puntos en el carné. Por otro lado, hay que recordar que los inhibidores llevan ya prohibidos desde hace muchos años y utilizarlos cuando se circula está sancionado con multa de hasta 6.000 euros y 6 puntos. Además, el taller que instale dicho inhibidor también puede ser sancionado, con hasta 30.000 euros.
- No superar los 20 km/h al adelantar: ni turismos ni motocicletas podrán superar en 20 km/h los límites máximos de velocidad cuando adelanten a otro vehículo en una carretera convencional.
- La realización de cursos de conducción segura, certificados por la DGT, permitirán recuperar y/o bonificar puntos del carné de conducir. Una futura orden ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que se deben cumplir.
- Sin ayudas no permitidas en el examen del carné de conducir: en la nueva Ley de Tráfico que se ha de tramitar y aprobar también se contempla que “utilizar dispositivos de comunicación no autorizados en los exámenes de conducir pasa a ser considerado fraude, por lo que estaría cometiéndose una infracción muy grave. Conllevará una multa de 500 euros y no poder presentarse de nuevo al examen hasta que pasen 6 meses”.
- Colores rojo y verde: “las empresas de transporte de personas y mercancías podrán acceder al Registro de Conductores para conocer si un trabajador tiene vigente el permiso de conducir. Se informará con un rojo o un verde, en función de si el carné está en vigor o no”, según el borrador previo de la nueva Ley de Tráfico.