El exalcalde de Pulianas defiende las garantías del acuerdo con los propietarios que le acusan de estafa

La Fiscalía considera que los hechos no constituyen delito alguno y ha solicitado la absolución para Rafael Gil Bracero

Pulianas
Imagen de Pulianas | Foto: Archivo
E.P.
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El exalcalde de Pulianas (Granada) Rafael Gil Bracero ha defendido ante el juez el acuerdo que firmó ante notario con los dueños de unos terrenos que le acusan de supuestos delitos de estafa y prevaricación y con los que trató de "impulsar ese documento" como el "más garantista" para "los derechos de las dos partes" en el uso de un área de las tierras para una actuación pública dirigida a ampliar una carretera y a encauzar el río Juncaril.

La Fiscalía considera que los hechos, que son enjuiciados desde este martes en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada, no constituyen delito alguno y ha solicitado la absolución para el exalcalde, mientras que la acusación particular pide para él tres años de prisión y ocho de inhabilitación para cargo público.

"En todo momento sabíamos que íbamos a tener una solución idónea", ha indicado Gil Bracero durante su declaración ante el tribunal para defender la legalidad del proceso incidiendo en que fue "un compromiso o contrato previo a la permuta" que conllevaba "derechos y obligaciones" que no se vieron "cumplidos" posteriormente por los dueños de los terrenos.

El exalcalde del PSOE, que mantuvo "contactos particulares" para informar a los 14 propietarios afectados por estas obras, ha detallado que, en el caso de los denunciantes y desde su "buena voluntad", decidió "elevar a público lo que simplemente era un acuerdo de Alcaldía" y que podía haber hecho mediante "un decreto, un bando".

Sin embargo, "se lleva a escritura pública" ante notario lo que "desde luego no es la mejor forma de engañar", ha defendido.

En los distintos momentos del proceso de negociación para la realización de las obras, que se remonta a los años noventa, "no se ha dicho la verdad", ha mantenido Gil Bracero pues "hay informes contradictorios sobre lo que se ocupa, su naturaleza y su valor".

Según consta en el escrito de conclusiones absolutorias del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan al 21 de septiembre de 2004, cuando Bracero, en su condición de alcalde de Pulianas, suscribió una escritura con los dueños de las parcelas que el Ayuntamiento precisaba adquirir "con la mayor celeridad posible" para "no entorpecer el transcurso de una obras públicas".

Las estaba ejecutando la Diputación de Granada y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en colaboración con el Ayuntamiento y su objetivo era la ampliación de la carretera a Granada y la mejora de las redes de abastecimiento de agua y saneamiento, así como el encauzamiento del río Juncaril.

En la escritura firmada por las partes, se exponía la pretensión del Ayuntamiento de adquirir por permuta parte de las fincas de estas hermanas y se fijaba una serie de obligaciones a los propietarios para formalizarlo en escritura pública.

No queda probado a juicio de la Fiscalía que, como sostiene la acusación particular, la suscripción de este documento fuera el engaño que el acusado utilizó para obtener la disponibilidad de los terrenos "evitando así que el Ayuntamiento de Pulianas tuviera que hacer frente a las posibles responsabilidades derivadas del retraso en la ejecución de los trabajos y consiguiendo la terminación de las obras".

Para la acusación particular, Bracero sabía a la firma del documento que el mismo era "irrealizable", en lo que configura un posible delito de prevaricación, lo que el Ministerio Público no considera tampoco probado.

Advierte la Fiscalía de que lo firmado no es una permuta, puesto que la intención era transmitir la posesión de las fincas para la citada intervención pública pero "no su propiedad", de modo que el perjuicio que se causa al propietario es el de privarle de su uso, que es muy limitado por estar el terreno afectado a una servidumbre pública.

A ello suma que uno de los factores por los que no se pudo realizar la permuta fue la falta de cumplimiento de los particulares de las obligaciones que asumieron.

"El propio documento establece las consecuencias del incumplimiento por cualquiera de las partes y los efectos de la resolución del contrato por desacuerdo, que supondrían siempre la entrega del valor de los terrenos a sus propietarios dada su imposible reversión, por lo que el incumplimiento de lo pactado en la escritura encuentra --a juicio del fiscal-- un mejor acomodo en otros órdenes jurisdiccionales".