El Gobierno pretende reformar la Constitución para beneficiar a las personas con discapacidad

El objetivo es que estos puedan participar en la sociedad en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos

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Día Internacional de las Personas con Discapacidad | Foto: Archivo
Gabinete
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La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Carmen Calvo, ha reafirmado el compromiso del  Gobierno de reformar la Constitución para mejorar los derechos de las personas con discapacidad, su reconocimiento y su protección, en el Día Internacional de las Personas con Discapacidad.

Una ampliación de derechos que pasa por la modificación del artículo 49 de la Constitución Española para, de esta forma, hacer que las personas con discapacidad puedan participar en la sociedad en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos. Para ello y en primer lugar, el término “disminuidos” que figura en el citado artículo será sustituido por el de “personas con discapacidad”.

Al estar vigente el estado de alarma, a causa de la pandemia de Covid-19, no es posible la modificación inmediata porque como recoge el artículo 169 de la Constitución Española: “No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el artículo 116”, es decir, en estados de alarma, Excepción o Sitio.

El compromiso del Gobierno con esta modificación constitucional es firme y será la primera medida que aborde el consejo de Ministros una vez que decaiga el estado de alarma. Durante la primera legislatura del Gobierno de Pedro Sánchez, en diciembre de 2018, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de reforma del artículo 49 de la Constitución, relativo a los derechos de las personas con discapacidad. Una reforma que tuvo el apoyo de todo el arco parlamentario en la Comisión Constitucional pero que decayó al disolverse las Cámaras por una nueva convocatoria electoral.

Modificación del artículo 49

El artículo 49 de la Constitución supuso un gran avance en la protección de las 8 personas con discapacidad. Reconoció constitucionalmente al colectivo y previó un ámbito concreto de protección. Sin embargo, el paso de cuatro décadas ha hecho envejecer el texto constitucional. En este tiempo, además, se ha aprobado la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006, que ha supuesto un punto de inflexión en el reconocimiento y protección de sus derechos.

Con esta reforma, el artículo 49 de la Constitución Española se actualizará para adaptarlo a la Convención de 2006 y se modificará íntegramente tanto desde el punto de vista del lenguaje como de su estructura y contenido.

Las personas con discapacidad pasarán así a ser las protagonistas del derecho y se prohibirá expresamente cualquier tipo de discriminación. Se reconocerá la obligación de los poderes públicos de promover su libertad e igualdad real y efectiva. Además, habrá de reconocerse expresamente, y por primera vez en la Constitución, la protección particular que requieren las mujeres y las niñas con discapacidad, por ser un colectivo especialmente vulnerable y discriminado.