El juez abre juicio oral por el fraude en las entradas de la Alhambra
El auto implica a 50 personas en la trama y desvincula a otras 21
El Juzgado de Instrucción número 6 de Granada, del que es titular el magistrado Miguel Ángel del Arco, ha decretado la apertura de juicio oral por el supuesto fraude en la venta de entradas y el control de accesos a la Alhambra de 2002 a 2005, por el que finalmente se sentarán en el banquillo de la Audiencia Provincial de Granada un total de 50 acusados.
En un auto de 73 páginas, fechado el día 21 y al que este lunes ha tenido acceso Europa Press, el magistrado acuerda además el sobreseimiento para otros 27 imputados por "falta de acusación", pero hace un comentario al respecto, señalando que "no comprende" esa circunstancia teniendo en cuenta que existen "unos indicios y beneficios económicos considerables", aunque "con total respeto a las acusaciones formuladas".
Así, recoge en un listado a los 50 imputados que sí han sido acusados, en conjunto o de forma independiente, tanto por la Fiscalía y por el letrado de la Junta de Andalucía, además de las empresas Daraxatour y Washington Irving S.L., y señala que, en cuanto a las medidas de reparación económica solicitadas por las acusaciones por "los perjuicios económicos sufridos en las arcas del Patronato de la Alhambra al dejar de percibir los derechos de esa índole que le correspondían por las entradas" no ha lugar a pronunciamiento en esta fase.
Según explica Del Arco, "no hay coincidencia básica en los aspectos subjetivos y cuantitativos entre ambas acusaciones", y apunta a la "complejidad del tema", incidiendo en que "no se cuenta con unos elementos o datos suficientemente objetivos que permitan en este momento procesal la cuantía indemnizatoria que por los perjuicios causados pudiera corresponder al Patronato de la Alhambra y del Generalife".
Fue el pasado mes de marzo cuando el Juzgado cerró la instrucción del caso con un total de 77 imputados, tras casi nueve años de investigación, y en este mes de octubre la Fiscalía hacía pública su acusación, solicitando penas de entre cuatro y nueve años de cárcel y multas para 45 acusados, la mayoría de ellos controladores.
Concretamente, el Ministerio Público les atribuye provisionalmente un delito continuado de apropiación indebida --o subsidiariamente un continuado de estafa--; otro continuado de falsedad en documento mercantil; y finalmente un delito continuado de daños al patrimonio histórico artístico.
Para diez de ellos pide nueve años de prisión y 9.000 euros de multa, mientras que para los 35 restantes rebaja la pena a los 4 años de cárcel y 2.160 euros de multa. Por otro lado, para otros 32 imputados interesa el libre sobreseimiento, "por no quedar acreditada su participación en los hechos".
6,6 MILLONES DE EUROS EL PERJUICIO ECONÓMICO A LA ALHAMBRA
En concepto de indemnizaciones, el fiscal reclama además a todos los acusados, con las agencias de viajes Daraxatour S.L. y Washington Irving S.L. como responsables civiles subsidiarios, que paguen conjunta y solidariamente al Patronato de la Alhambra y el Generalife 6,66 millones de euros, cifra que calcula que supuso el perjuicio económico para el monumento por los ingresos no percibidos (3,5 millones) y por los daños materiales causados por los excesos de aforo (3,16 millones).
Según consta en el escrito de acusación del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, la presunta trama delictiva estaba encabezada por cinco miembros de una misa familia, dos de ellos guías turísticos, otro director comercial del Hotel Carmen y el resto de las agencias de viajes Witt Travel S.L. yy Daraxatour S.L., quienes "con la finalidad de conseguir un provecho patrimonial ilícito idearon y ejecutaron durante los años 2002 a 2005 un plan" para ingresar lo que sus clientes pagaban para obtener una entrada a la Alhambra, monumento al que accedían pese a este sistema ilícito.
Estos acusados aprovecharon también las relaciones de amistad y profesionales que les unían con otro de los procesados, un guía turístico que durante 40 años prácticamente monopolizó la visita del turismo japonés a Granada gracias a su conocimiento del idioma y contactos con agencias que gestionaban grupos de esta nacionalidad.
MODUS OPERANDI
Así, las formas en que los inculpados procuraron el acceso de sus clientes al recinto sin entrada; o con una entrada comprada pero cuyo uso no se correspondía con los datos que figuraban en ella, bien porque estuviera ya utilizada, fuera para hora distinta, para menor número de turistas que los que la usaban o relativas a cupos de entradas destinados a otras formas de turismo distinto al de grupos --único con los que podían operar los acusados--.
También lo conseguía con una entrada impresa de manera ilícita, es decir, al margen del sistema reglamentado de impresión, y los datos para imprimir estas entradas se obtenían bien de las reservas efectuadas en BBVA, que eran posteriormente cancelados, bien de los bonos de la Federación de Hostelería y Turismo de Granada que no eran retirados.
Salvo en este último caso, debían contar con la activa participación de los peones controladores del monumento, personal laboral que prestabansus servicios en la puerta principal de acceso --Mexuar-- cortando el bisel correspondiente de la entrada, y con la de los oficiales de primera y segunda categoría, cuya función era controlar la actividad de los primeros e impedir el acceso irregular al mismo, cuando no los sustituían en sus funciones.
Para la impresión ilícita de entradas la trama requirió la colaboración de otros tres procesados, el que fuera responsable del sistema informático, y dos oficiales de primera, que eran los encargados del traslado y custodia de los billetes, y que fueron responsables de la sustracción de 50.000 billetes con los que se procedieron posteriormente a imprimir ilegalmente entradas por parte de los acusados.
En cualquier caso, según el fiscal Luis Salcedo, encargado de la redacción del escrito de acusación, fue necesario que los procesados contaran con clientes que contrataran sus servicios para adquirir entradas, actividad que se desarrolló a través de dos sociedades: Washintong Irving S.L --también conocida como Witt Travel-- y Daraxatour, S.L.
No obstante, también se procedió a la venta directa de entradas a otros guías turísticos, incluso en la misma puerta de acceso al monumento, y a otras agencias de viajes, por parte de los acusados, que además, "con sus prácticas de acaparar buena parte del cupo de entradas que por todos los conceptos diariamente se ponían a la venta", se colocaron en una situación de "ventaja" frente a otras agencias y guías turísticos que se veían obligados a veces a acudir al circuito ilegal de venta de entradas puesto en marcha por ellos.
Por otro lado, al procurar los inculpados y permitir los peones controladores y oficiales el acceso de más turistas que los estipulados reglamentariamente como aforo diario para el buen uso y conservación del monumento produjeron, al no respetar la normativa que regula su acceso, daños importantes en el patrimonio histórico artístico, tasados en 3.165.802 euros --a los que se suman otros 3,5 millones por ingresos no percibidos por el acceso irregular--.
Sin embargo, y aunque la Fiscalía señala que prácticamente ninguna de las normas que regulaban el sistema de adquisición de entradas y acceso al monumento eran cumplidas por los agentes implicados, ya se trataran de guías, agencias de viajes, la Federación de Hostelería, sus asociados, el BBVA, sus empleados, o los trabajadores del Patronato de la Alhambra, ha decidido pedir el sobreseimiento para algunos de ellos, porque "la existencia de una irregularidad" no supone "per se" vinculación con la trama delictiva.