El padre Román niega abusos a un menor, al que dice que solo "asesoró" en el plano cristiano

El acusado ha garantizado que nunca ha pedido ni dado "favores sexuales" al denunciante ni ha compartido cama con él ni con el resto de miembros del llamado clan de los Romanones

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El padre Román declara en la Audiencia de Granada en el marco del caso Romanones | Foto: Asun Rodríguez
E.P./Redacción GD
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El padre Román M.V.C. ha negado este lunes ante el tribunal que lo juzga en la Audiencia Provincial de Granada haber abusado de un menor de su parroquia desde 2004 a 2007, al que, según afirma, sólo asesoró en el plano religioso para que "profundizara en su fe" y al que afirma que quería "en el sentido que usan los cristianos" pero no "de enamoramiento".

Durante su declaración, el padre Román ha garantizado que nunca ha pedido ni dado "favores sexuales" al denunciante de los abusos, ni ha compartido cama con él ni con ninguno de los miembros del llamado clan de los Romanones, que supuestamente él lideraba y en cuyo seno ha negado que se produjera "ningún tipo" de relación homosexual; ni en la casa parroquial ni en las propiedades que el grupo poseía en Los Pinillos y en Salobreña (Granada).

En esta primera sesión del juicio en la Sección Segunda de la Audiencia, el Román M.V.C. --que se enfrenta a una petición fiscal de nueve años de cárcel-- ha relatado que conoció al denunciante de los supuestos abusos cuando éste tenia nueve o diez años en la parroquia San Juan María Vianney del barrio granadino del Zaidín, adonde acudió un año antes de hacer la comunión para recibir catequesis.

Ha señalado que el chico "se sentía bien" en la parroquia y por eso más adelante empezó a implicarse en las distintas actividades que allí se realizaban; primero preparando las misas, más adelante siendo catequista y participando en algunos de los encuentros que el grupo mantenía en distintos inmuebles y donde, según ha relatado, el joven se quedó a dormir en "alguna ocasión".

Niega no obstante el padre Román que durante esos encuentros se exhibiera pornografía, que él llegara a realizar masajes o a tener contactos sexuales con la supuesta víctima o que le haya besado alguna vez en la boca, algo que según afirma no ha hecho "en la vida" con nadie porque no casa con su condición de sacerdote.

Ha defendido, de hecho, que ha llevado una vida "totalmente íntegra" y que todas las acusaciones que se han vertido contra él son "absolutamente falsas", destacando que en el ejercicio de su labor pastoral ha tratado con "cientos, casi miles de jóvenes" sin que haya recibido ninguna queja o denuncia de este tipo.

Al inicio de la sesión, el tribunal no ha admitido la cuestión previa planteada por la defensa del padre Román pidiendo la nulidad del expediente canónigo que se ha incorporado en la causa en una pieza separada y en la que se recoge la declaración sobre este supuesto caso de abusos de tres de las personas inicialmente investigadas en la causa, que tuvo un total de doce imputados.

La Sala ha rechazado sacar este informe canónigo del proceso al entender que no se obtuvo de manera ilícita, en tanto que el arzobispo de Granada, Javier Martínez, lo entregó de manera voluntaria y por considerar que no se han vulnerado derechos procesales o el derecho de defensa del acusado, de modo que el tribunal se reserva el derecho de resolver esta cuestión en sentencia.

La Sala también ha rechazado la petición de la defensa de incorporar como prueba documental una reciente carta enviada por la Secretaría de Estado del Vaticano en la que, ante la celebración de la vista, muestra su confianza en que se respete la presunción de inocencia. Entiende el tribunal que esta premisa está garantizada y se da por hecho.

CLAN DE LOS ROMANONES

El padre Román, que supuestamente ha liderado el llamado clan Romanones, ha negado que este colectivo actuara de forma independiente del resto de la diócesis o que fuera un grupo "institucionalizado" que él dirigía.

Lo ha definido como un "grupo de amigos" que participaban juntos en distintas actividades "iluminados por el evangelio" pero desde una "libertad total".

Sobre la casa que el grupo tenía en Los Pinillos, donde según el juez instructor "ocurrieron los hechos más graves y relevantes penalmente", ha explicado que era una vivienda de uso particular que se usaba como "lugar de descanso y esparcimiento" y que siempre ha estado "abierta" para todo el mundo.

Ha negado que se produjera ningún episodio de abusos sexuales en este domicilio, "donde no había habitaciones asignadas sino que se ajustaban según las circunstancias", pero en la que según garantiza el menor nunca durmió con él en su misma cama porque es algo "que no le va", ni entra en su "vocación". "Era una casa respetable de personas cristianas", ha concluido.

PETICIONES DE CÁRCEL

La vista oral continuará este martes con la declaración de varios de los 40 testigos propuestos por las partes; algunos de ellos estuvieron inicialmente investigados en la causa.

La Fiscalía atribuye al padre Román un delito de abuso sexual continuado agravado por el resultado de acceso carnal, por el que, además de los nueve años de cárcel, solicita prohibición de aproximarse a la supuesta víctima a menos de 100 metros y de comunicarse durante diez años. En concepto de responsabilidad civil, pide que el acusado indemnice a la víctima en 50.000 euros por daño moral.

La acusación particular, ejercida por la supuesta víctima de los abusos, atribuye al padre Román tres delitos de abuso sexual por el que solicita 26 años de prisión, prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y de comunicarse durante 20 años y una indemnización de 50.000 euros por daño moral.

La acción popular, ejercida por la Asociación Prodeni, atribuye al acusado un delito continuado de agresión sexual, con intimidación, violencia y prevalimiento y con acceso carnal.

Pide para él la pena de 15 años de prisión, inhabilitación absoluta por 15 años, privación de residir en el lugar en que resida la víctima por 15 años y prohibición de aproximarse y comunicarse con ella durante 15 años, así como una indemnización de 75.000 euros por daño moral. La defensa solicita por su parte la libre absolución.