El TSJA confirma la condena contra la mujer que agredió a la pareja de su ex marido

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El TSJA ha confirmado la sentencia dictada por el presidente del tribunal de un jurado popular que condenó a siete meses de cárcel por un delito de allanamiento de morada y una falta de lesiones a una mujer acusada de entrar a la casa de su ex marido y agredir a la nueva compañera sentimental de éste.

En su fallo, al que ha tenido acceso Efe, el alto tribunal andaluz desestima íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la acusada, que también fue condenada al pago de una multa de 450 euros y a que indemnice a la víctima con 500 euros.

Los motivos de la impugnación, desestimados ahora por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, aludían a un presunto quebrantamiento de las normas y garantías procesales, a una infracción legal en la calificación jurídica de los hechos y en la determinación de la responsabilidad civil, y a la supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia.

Respecto a la primera alegación -la acusada pretendía la nulidad del juicio oral por el hecho de que durante la fase de instrucción se admitieran como pruebas documentales las fotos aportadas por la víctima-, el alto tribunal andaluz la considera "confusa".

Dice que no se alcanza a comprender "qué derecho fundamental ha sido vulnerado, ni qué quebrantamientos de normas y garantías procesales se produjo" ni cómo se causó la supuesta indefensión.

Entre otras consideraciones, el tribunal mantiene que se ha acreditado "sobradamente" que la acusada accedió a la vivienda en contra de la voluntad de su ex marido y de su compañera sentimental.

El jurado popular que la declaró culpable consideró probado que a primeras horas de la mañana del 17 de mayo de 2004, la acusada, C.M.H., accedió con llave a la vivienda que su ex marido compartía con su nueva novia, que se encontraba en ese momento sola y acostada en el dormitorio.

La mujer entró a la habitación y la agredió con un palo mientras la amenazaba de muerte y la arañaba, según el relato de los hechos.

Durante la vista oral, la mujer negó los hechos, aseguró que aquel día no salió de su casa hasta las 10.30 horas porque tenía que atender a sus dos hijos, ambos menores, y que nunca cogió las llaves del domicilio de su ex marido para hacerles una copia.