Entra en vigor el USB-C obligatorio para teléfonos móviles

Con esta medida se busca ofrecer una mayor comodidad al usuario a través de un sistema de carga común, además de contribuir a la reducción de residuos

Cable USB Tipo C
Conectores de carga tipo USB-C, que ya es obligatorio en los dispositivos | Foto: Gabinete
GranadaDigital
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Desde este 28 de diciembre es obligatorio que los dispositivos electrónicos estén equipados con conectores de carga tipo USB-C, según ha recordado la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía.

Así, solamente se pueden comercializar los teléfonos móviles, tabletas digitales, cámaras digitales, auriculares -con y sin micrófono incorporado-, videoconsolas portátiles, altavoces portátiles, lectores de libros electrónicos, teclados, ratones, sistemas portátiles de navegación y auriculares internos con conectores de tipo USB-C. En el caso de los ordenadores portátiles, esta obligación entrará en vigor el 28 de abril de 2026.

A través de esta regulación –dispuesta en la modificación del Real Decreto 188/2016, de 6 de mayo–, derivada de una imposición de la Unión Europea, se busca ofrecer una mayor comodidad al usuario a través de un sistema de carga común, además de contribuir a la reducción de residuos y de minimizar costes innecesarios.

También se incluye otra importante obligación, como es que se ofrezca a las personas consumidoras y usuarias la posibilidad de adquirir los dispositivos sin cargador, independientemente de que existan packs y ofertas con un cargador adicional.

La caja, envase o paquete que contenga el dispositivo tiene que contener información sobre si el dispositivo de carga está o no incluido en el paquete, lo que se indicará en forma de pictograma. En caso de compras por Internet, dicha etiqueta deberá colocarse cerca de la indicación de precio.







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