Granada baja a nivel 3 de alerta mientras que otros 80 municipios continúan en nivel 4
Los expertos han vuelto a proponer la restricción de la libertad de movimiento y cierre de actividad no esencial en Montefrío
Los habitantes de la capital granadina están de enhorabuena. Los expertos del Comité provincial de Alerta de Salud Pública, que se han reunido este miércoles, han decidido que esta demarcación sea uno de los municipios que pasan al nivel de alerta 3, lo que significa que a partir de este jueves 13 de mayo a las 00.00 horas cambian las restricciones que dejaran de ser tan severas como eran hasta el momento.
También el resto de localidades que forman el Distrito Sanitario Granada, es decir, Beas de Granada, Huétor de Santillán y Jun han bajado del nivel 4 al nivel 3 gracias a su mejoría en los datos de contagios por Covid-19 y a la bajada de la tasa de incidencia durante las últimas semanas.
Por su parte, el resto de distritos sanitarios no modifican sus niveles de alerta, por lo que los pueblos del Distrito Sur y del Nordeste continúan en el nivel 3, mientras que los 81 municipios del Distrito Metropolitano se mantienen en el nivel 4 grado 1. La única excepción es Montefrío, donde los expertos de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía han decidido volver a proponer la restricción de la libertad de movimiento y cierre de actividad no esencial por haberse superado los 1.000 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes.
Una decisión para la que la Administración autonómica tendrá que volver a pedir el aval judicial, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ya resolviera no ratificar la orden emitida por la Consejería de Salud y Familias en el mismo sentido el pasado viernes. La Junta, además, ha anunciado recurso ante el Tribunal Supremo contra la resolución del TSJA sobre este municipio del Poniente de Granada, con una población de 5.313 vecinos y que, este miércoles, tiene una media de 2.108 casos de Covid-19 por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días, la tasa de incidencia acumulada más alta de la provincia.
A la espera de la ratificación y publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de este nuevo confinamiento perimetral y del cierre de la actividad no esencial, ahora levantados, desde este jueves a las 00,00 horas, el TSJA volvería a tener tres días para ratificar o no esta decisión de la Junta, según estas mismas fuentes.
Precisamente, este miércoles la tasa de incidencia la provincia se sitúa ahora mismo en 318,9 contagios por cada 100.000 habitantes en las dos últimas semanas, mientras que en la capital el guarismo de coloca en 311,2 casos por cada 100.000.
Medidas que entran en vigor este jueves
La Junta de Andalucía aplica desde la medianoche de este jueves, 13 de mayo, los aforos que ha regulado para establecimientos hosteleros, hoteleros, comerciales y culturales --como cines y teatros--, así como para velatorios o entierros tras decaer el estado de alarma vigente por la pandemia de Covid-19 hasta el pasado 9 de mayo.
Salones de celebraciones
Para los salones de celebración se permiten en el nivel 3 aforos máximos en interior del 50% y un máximo de 100 asistentes en el nivel 3, y del 30% y un máximo de 50 individuos en el nivel 4.
En exteriores, las zonas al aire libre de los salones de celebraciones pueden ocupar en los niveles 1, 2 y 3 todas sus mesas permitidas y albergar un máximo de 500, 400 y 250 personas, respectivamente, mientras que, en nivel 4, deberán respetar un máximo del 50% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y, en todo caso, un máximo de 75 personas.
En el nivel 3 no se permiten "actuaciones musicales de pequeño formato, manteniendo una distancia con el público de al menos tres metros", ni baile con mascarilla en espacios exteriores.
Comercios y hoteles
Por otro lado, la Junta permite desde este jueves una ocupación máxima del 60% en nivel 3 y del 50% en nivel 4.
Asimismo, la ocupación de las zonas comunes de hoteles, alojamientos turísticos, campings y zonas de pernocta de autocaravanas no podrán superar el 50% y el 30% de su aforo en zonas comunes exteriores y un tercio y el 30% en zonas comunes interiores en los niveles 3 y 4 de alerta, respectivamente.
En el nivel de alerta 3, se permite hasta el 75% del aforo permitido en piscinas al aire libre y el 50% en interiores, y en el nivel 4 hasta el 50% del aforo permitido en piscinas al aire libre y el 30% en piscinas interiores.
Velatorios, entierros y cultos religiosos
En lo respecta a velatorios y entierros, en el nivel de alerta sanitaria 3 se permite un máximo de 20 y 15 personas en velatorios en espacios al aire libre -en los niveles 3 y 4, respectivamente- y de 15 y 6 en espacios cerrados, "salvo en este último caso que los convivientes fueran un número superior", mientras que la participación en funeral o comitiva para el enterramiento o cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 20 personas, entre familiares y allegados, en el nivel 3 y de 15 en el 4, "además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva, para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto".
En ceremonias civiles, los aforos máximos permitidos oscilan entre el 50% en espacios cerrados y al aire libre en el nivel de alerta sanitaria 3 y el 30% contemplado en el nivel 4.
Cines, teatros y auditorios
Por su parte, los cines, teatros o auditorios no podrán superar un máximo del 60% del aforo permitido en el nivel 3 de alerta y del 50% en nivel 4.
Igualmente, en los niveles 1, 2 y 3 se determina que, en el transporte público regular de viajeros en autobús, todos los ocupantes deben ir sentados y se pueden usar todos los asientos, mientras que en transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito metropolitano se pueden ocupar todas las plazas sentadas y el 75% de las disponible de pie.
Por otro lado, "las reuniones y encuentros religiosos podrán desarrollarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios interiores, siempre que no se supere el 50% de su aforo y que permita mantener la distancia interpersonal, en el nivel de alerta 3", así como con aforos máximos del 30% en el 4.
La orden regula también los aforos máximos permitidos en espectáculos y festejos taurinos, que no podrán superar el 40% en el nivel 3, mientras que en el nivel 4 "no podrá haber espectadores en la plaza ni se podrán celebrar festejos taurinos populares".
En instalaciones deportivas convencionales y no convencionales, incluidos gimnasios, la orden establece en el nivel 3 un límite de aforo para la práctica físico-deportiva del 60% y 50% al aire libre -en los niveles 3 y 4, respectivamente-, y del 50% y 40%, respectivamente, en los espacios e instalaciones deportivas convencionales o no convencionales interiores.