Condenan al SAS a indemnizar con 160.000 euros a un granadino que vivió 14 años con una gasa en su cuerpo

El afectado tuvo que soportar fuertes dolores lumbares derivados de esta negligencia tras ser operado de una hernia discal en Motril

Hospital Santa Ana Motril
Entrada de Urgencias del Hospital Santa Ana de Motril, donde tuvo lugar la negligencia médica | Foto: Archivo / EP
Miguel López Rivera
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Convivió durante casi tres lustros con una gasa en el interior de su cuerpo, pero los médicos achacaban los dolores que le provocaba a patologías de base en las zonas lumbar y cervical. Ni siquiera la aparición de "hallazgos posquirúrgicos" y un "realce en anillo compatible con absceso" les hicieron sospechar durante ese tiempo. Por suerte, una última resonancia magnética realizada ya en el Hospital Virgen de las Nieves permitió encontrar una explicación al origen de sus dolencias.

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El Servicio Andaluz de Salud tendrá que indemnizar con 159.660 euros más intereses a un motrileño que estuvo más de catorce años viviendo con una gasa olvidada en el interior de su cuerpo tras ser operado de una hernia discal. Esta negligencia le ocasionó fuertes y persistentes dolores en la zona del bajo lumbar y un paulatino deterioro que ha condicionado toda su vida al provocarle problemas de ansiedad, malestar y malhumor que le han afectado tanto a nivel personal como profesional.

La sentencia dictada con fecha 21 de junio de 2024 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Granada, a la que ha tenido acceso GranadaDigital, reconoce el perjuicio causado al demandante durante este tiempo. Asimismo, revoca la desestimación por silencio administrativo con la que el SAS trató de evitar la indemnización por responsabilidad patrimonial al afectado durante los dos años que ha durado el caso, y en los que los intereses del perjudicado han sido defendidos por el despacho granadino Domech & Tamayo Abogados, cuyo abogado y director, Joaquín Domech, muestra a este medio su "satisfacción por el resultado", y "con la cautela de que aún no es firme", sí valora "muy positivamente" la decisión del magistrado-juez. En opinión de Domech, se trata de "de una estimación realmente sustancial –los daños estaban valorados en 162.560 € y se han estimado 159.660 € más intereses– que supone hacer justicia con la víctima de una negligencia médica cometida por el SAS y que ha perdurado más de 14 años".

Los hechos se remontan al 19 de enero de 2007, fecha en la que este granadino fue intervenido quirúrgicamente por una hernia L5-S1 izquierda, una operación que cubre la Seguridad Social y que se llevó a cabo en el Hospital Santa Ana de Motril. La cirugía no entrañó más complicaciones, pero sólo unos días después comenzó a sentir molestias en la zona lumbar, lo que le obligó a acudir nuevamente al hospital. Tal y como consta en la demanda también consultada por este periódico, el Día de Andalucía de ese mismo año se le realizó una resonancia magnética lumbar que supuso un segundo error médico, pues evidenció "hallazgos compatibles con absceso" en lugar de identificar la gasa, que era lo que realmente le provocaba las molestias. Por ello, se decidió no intervenir.

Ahí empezó un calvario de catorce años que el 22 de octubre de 2019 le obligó a acudir a las Urgencias del Hospital Santa Ana de Motril aquejado de una fuerte "lumbalgia mecánica de larga evolución que empeora con los esfuerzos que realiza en su actividad laboral habitual". Un dolor que se irradiaba por la cara lateral de la pierna izquierda hasta la pantorrilla, lo que había obligado a concederle la situación de incapacidad laboral desde enero de ese año.

Comenzaron las pruebas médicas. Primero, una resonancia magnética en enero de 2020 que seguía sin evidenciar lo que pasaba. Hasta que el 14 de abril de 2021, una nueva resonancia magnética nuclear daba con el problema: la posibilidad de un cuerpo extraño dentro del demandante. Con todo, no fue intervenido hasta casi dos meses después, el 4 de junio. Incluso el 15 de mayo fue sometido al preoperatorio, pero se quedó en tierra por falta de quirófanos ante la saturación de la sanidad pública. Un despropósito detrás de otro y todos con este afectado que prefiere mantener su identidad en el anonimato como protagonista.

Cervicalgia posterior

Tras solicitar los servicios de Domech & Tamayo Abogados, el demandante presentó una primera reclamación previa al SAS en junio de 2022 donde adjuntó toda la documentación que le facilitaron al solicitar su historia clínica. Posteriormente, en noviembre de ese mismo año, el Servicio Andaluz de Salud volvió a requerirle nueva documentación y tras un silencio administrativo que se extendió casi otro año más, decidió llevar su caso ante los tribunales, pues el SAS había incumplido ya su obligación de resolver en el plazo de seis meses. Tal y como consta en la sentencia, la letrada del órgano público encargado de la gestión de la sanidad en Andalucía habría llegado a sostener que la asistencia prestada al demandante fue correcta, "a excepción del olvido quirúrgico que parece haber ocurrido durante la realización de la intervención de hernia discal, pero que fue adecuadamente resuelta una vez detectada". Un pequeño detalle sin importancia.

La defensa del SAS y de su aseguradora incluso habría reconocido "que el material quirúrgico alojado en la zona intervenida pudiera haber causado la sintomatología que presentaba el actor", mas sin descartar que pudiese obedecer a la existencia de una supuesta "patología lumbar crónica" que éste padecería que y de la que no constaría "en su historia clínica seguimiento por lumbalgia continua durante el periodo de tiempo en el que aún no se había detectado el material quirúrgico". Ha sido esta semana cuando la justicia por fin le ha dado la razón al afectado, condenando al SAS a abonar 159.660 euros más los intereses legales desde la fecha de la reclamación administrativa.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dentro de los quince días siguientes al de su notificación. Cabe destacar que una confirmación de la misma por parte de este órgano jurídico podría incrementar aún más, con costas e intereses, la cantidad que la administración tendría que abonar con dinero público, pues la condena recae sobre el Servicio Andaluz de Salud y no sobre su aseguradora, aun sin perjuicio de los acuerdos entre ambos debido a que existe una póliza con franquicia de 50.000 euros con cargo al ente público.