¿Hacienda puede multar por no declarar las ventas de segunda mano en Wallapop o Vinted?

Este tipo de plataformas tienen que informar de la actividad de los vendedores según las nuevas normas

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Móvil con la aplicación de Wallapop | Foto: Wallapop
Iván Sánchez Delgado
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Plataformas como Wallapop y Vinted han experimentado un crecimiento en los últimos años gracias a la gran variedad de productos que hay para vender. La gente que vende ropa, muebles u otros objetos de segunda en estas plataformas están preocupadas porque no saben si Hacienda puede hacer una inspección o sancionar esas ventas después de la trasposición de una directiva europea a la ley española, que ha creado bastante confusión.

La Organización de Consumidores (OCU) ha informado que según las nuevas normas que empezaron a funcionar en febrero de 2024, las plataformas que alojan vendedores particulares y profesionales, como es el caso de Wallapop o Vinted, deben informar a Hacienda de la actividad que tiene lugar en ellas. En especial, dos tipos de vendedores: los que hagan más de 30 operaciones de venta al año y los que hagan ventas por importe de más de 2.000 euros al año. Pero aunque haya gente que se encuentre en esos grupos, es muy probable que no tengan que tributar por lo que obtengan de las ventas.

Hacienda solo exige que se pague el impuesto sobre la renta cuando se obtiene una ganancia de patrimonio, que significa que vendemos una cosa por más de lo que nos costó y obtenemos un beneficio.

Con las nuevas normas, lo que hace Hacienda es centrarse sobre aquellos vendedores que por su cantidad de ventas o su volumen de ventas más probablemente obtienen beneficios o se dedican a la compraventa como una actividad profesional.

En el caso de tener ganancias con las ventas de segunda mano, se debe saber que se trata de ingresos por los que se tributa siempre, sin importar si tienes mucho, poco o nada de dinero procedente de otras fuentes.

Dentro de la declaración de la renta se incluyen en el apartado de la renta del ahorro y pagan un porcentaje creciente por tramos: el 19% para los primeros 6.000 euros; el 21% para lo que va de 6.000,01 euros a 50.000 euros; el 23% para lo que va de 50.000,01 euros a 200.000 euros; el 27% para lo que va de 200.000,01 euros a 300.000 euros y el 28% para lo que exceda de 300.000 euros.

Las ventas que hagan de los bienes usados, lo más normal será que produzcan pérdidas, ya que con el uso, los objetos van perdiendo valor. Las pérdidas de patrimonio tienen utilidad fiscal porque Hacienda permite restarlas de las ganancias de patrimonio con ciertas normas y así tributar por ellas. Pero Hacienda no deja computar las pérdidas de valor producidas por el uso de los bienes perecederos o los de consumo duradero, como es el caso del coche.