La herramienta gratuita con la que evitar el indeseado 'spam'

Con este servicio gratuito se accede a que permite no recibir publicidad de empresas a las que no se le haya dado el consentimiento

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Las personas usuarias inscritas en Lista Robinson únicamente deben recibir publicidad de las empresas a las que hayan dado su consentimiento | Foto: Gabinete
Gabinete
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La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía recuerda que las personas consumidoras y usuarias cuentan con recursos útiles frente al denominado ‘spam publicitario’ (por teléfono, correo electrónico o sistemas de mensajería), como la Lista Robinson.

Existe un marco normativo que regula en nuestro país estas comunicaciones comerciales, y es la Ley General de Telecomunicaciones, que entró en vigor en junio del año pasado, por la cual quedaron prohibidas las llamadas con fines comerciales sin consentimiento previo. A pesar de esta regulación, no se ha logrado poner fin al spam de este tipo de publicidad que causa tantas molestias.

Desde Consumo, se recomienda a las personas consumidoras y usuarias que se suscriban a la Lista Robinson, un servicio gratuito que gestiona al Asociación Española de Economía Digital (Adigital), que opera en el marco del Reglamento Europeo de Protección de Datos, y que permite evitar publicidad de empresas a las que no hayamos dado nuestro consentimiento para que te envíen publicidad (vía telefónica, por correo postal, email y SMS/MMS).

Las personas usuarias inscritas en Lista Robinson únicamente deben recibir publicidad de las empresas a las que hayan dado su consentimiento, y aquellas empresas que lo incumplan pueden ser sancionadas por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ya que tienen la obligación de consultar la lista para excluir del envío de publicidad a las personas inscritas.

Consumo destaca otras recomendaciones para evitar la recepción de ‘spam’ publicitario, como por ejemplo marcar casillas que impliquen el rechazo de manera expresa al uso de datos personales con fines publicitarios. En los concursos, ofertas o promociones, no debemos dar el consentimiento para el envío de publicidad, y por ello debemos prestar atención a la información que se proporciona en los términos del concurso, oferta o promoción y no aceptar todos los términos sin más.

La persona consumidora puede también ejercer su derecho de oposición si no desea que una empresa determinada trate sus datos personales con fines publicitarios. Para ello, habrá que indicar claramente en la solicitud a la empresa que no se desea que traten los datos con fines comerciales e informar el canal a través del que se está recibiendo la publicidad y los datos que no se desea que se traten, proporcionando para ello el número de teléfono o correo electrónico. Si rechazamos que la entidad que nos envía publicidad disponga de nuestros datos personales, podemos ejercer el derecho de supresión, para eliminar los datos del fichero de la entidad.







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