HispaColex Servicios Jurídicos acerca a los empresarios las novedades legales que afectan a sus intereses

El foro tuvo lugar ayer en unas jornadas celebradas en la Cámara de Comercio de Granada, con un debate sobre la responsabilidad penal de las empresas de Granada

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Jornada sobre “Responsabilidad Penal de las Empresas y la Compliance Penal” realizada en la Cámara de Comercio de Granada | Foto: Archivo GD
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La Cámara de Comercio de Granada bajo la organización de HispaColex Servicios Jurídicos, celebró en el Auditorio de su sede central una jornada sobre “Responsabilidad Penal de las Empresas y la Compliance Penal”.

La jornada contó con las ponencias del Catedrático de Derecho Penal y Decano de la Facultad de Derecho de Granada Miguel Olmedo Cardenete, que es Consejero Académico de HispaColex, Manuel Fernández Roldán, Abogado-Socio de HispaColex y director del Departamento de Derecho Penal de la firma, y Javier López y García de la Serrana, Abogado-Doctor en Derecho y Socio-Director de HispaColex Servicios Jurídicos.

La inauguración corrió a cargo de José Luis Alarcón, Vicepresidente de la Cámara de Comercio de Granada.

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Durante la jornada sobre “Responsabilidad Penal de las Empresas y la Compliance Penal”, Javier López y García de la Serrana, Director general de HispaColex Servicios Jurídicos

Alrededor de 60 empresarios acudieron a la cita informativa con una temática que está en constante cambio y que afecta de manera vital tanto a las empresas como a los empresarios y trabajadores que hay detrás de ellas.

La tarde giro en torno a tres claves fundamentales

- ¿Cómo afecta la responsabilidad penal a las personas jurídicas y a las personas físicas que forman parte de la empresa tras las últimas reformas legales?

- ¿Qué es el “Corporate Compliance” Penal?

- ¿Por qué es tan importante un buen seguro que cubra a nuestras empresas?

La primera de las cuestiones respecto a las personas jurídicas, hasta hace unos pocos años, 2010 concretamente, era sencilla de contesta;  la persona jurídica no puede cometer delitos, en ese año la ley cambió y convirtió a las personas jurídicas en susceptibles de cometer ilícitos penales.

El 1 de julio de 2015 entro en vigor una nueva reforma que concreta y delimita esta responsabilidad ante los delitos de las empresas que están constituidas como personas jurídicas, como consecuencia fundamental la ley establece que para evitar o atenuar las penas derivadas de un delito las empresas han de implantar un sistema de prevención de delitos ante posibles actos de sus administradores, gerentes o empleados.

¿Una empresa puede cometer delitos, cuáles son los más frecuentes?

Delitos como la estafa, el cohecho, contra la hacienda pública, de blanqueo de capitales, de tráfico de drogas, contra la propiedad intelectual o contra los consumidores, pueden ser cometidos por empresas y estas han de atenerse a las consecuencias penales de las mismas, incluso los administradores de esas sociedades o quienes ejerzan el poder en esos órganos de gobierno societarios también pueden acabar penados o condenados por los tribunales penales.

¿Cómo puede una empresa prevenir, evitar o atenuar las penas que derivan de los delitos?

El “Corporate Compliance” Penal o “cumplimiento normativo corporativo” es el instrumento que tienen las empresas para intentar demostrar ante un juez que tenían un plan de prevención ante los posibles delitos que puedan llegar a cometer empleados, gerentes, o administradores dentro del ámbito de la empresa, este plan es un modelo de prevención, vigilancia y control sobre los riesgos de cada sector empresarial único y diferente para cada empresa y viene a ser en lo penal lo que en lo laboral es el tan extendido y obligatorio según normativa “Plan de Prevención de Riesgos Laborales”.

Tener el plan no asegura la absolución de los ilícitos penales de personas jurídicas, pero llegado el caso ante un juez penal, más vale tenerlo que carecer del mismo y por lo tanto haber incurrido en una temeridad empresarial.

¿Nuevos modelos de seguros para las empresas?

Ante estos nuevos cambios y para que las empresas no se vean abocadas a un cierre por una sentencia de carácter penal, las pólizas de las aseguradoras incorporan nuevos modelos de coberturas y esas son las que los empresarios deberían de empezar a contratar para en un momento llegado el caso poder tener una cobertura pecuniaria ante las posibles y futuras sentencias civiles y penales.

Los empresarios que acudieron a la cita mostraron sus dudas e intereses en una ronda de preguntas posterior donde los ponentes contestaron a casos reales planteados desde el día a día de las empresas granadinas.