Isabel Nieto, imputada por un delito de prevaricación en el 'caso Serrallo'
La edil prestará declaración ante el juez el 10 de diciembre, según han informado a Europa Press fuentes del caso, lo que se producirá después de que la Fiscalía de Granada solicitara su imputación en esta causa por considerar que a lo largo de la instrucción han aparecido datos de los que se derivan su "participación consciente y voluntaria" en las conductas que se están investigando
El Juzgado de Instrucción número 2 de Granada ha citado a declarar como imputada a la concejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Granada, Isabel Nieto (PP), en relación con la operación que permitió la construcción de una discoteca, con sala de fiestas y pista de patinaje con bar, en una zona verde del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la capital, junto al centro comercial Serrallo Plaza.
La edil prestará declaración ante el juez el 10 de diciembre, según han informado a Europa Press fuentes del caso, después de que la Fiscalía de Granada solicitara su imputación en esta causa al considerar que a lo largo de la instrucción han aparecido datos de los que se derivan su "participación consciente y voluntaria" en las conductas que se están investigando.
Aunque inicialmente se acordó que la edil fuera citada como testigo, finalmente lo hará como imputada, tal y como ha adelantado este jueves 'Onda Cero Granada', al entender la juez instructora, basándose en los informes técnicos del Seprona, de la Junta y en lo expuesto por la propia Fiscalía, que las conductas "llevadas a cabo o dirigidas o coordinadas directamente" por Nieto podrían ser constitutivas "de los delitos de prevaricación común y prevaricación urbanística".
Fue la propia Fiscalía la que en febrero del pasado año denunció a un promotor inmobiliario y a cinco altos cargos de Urbanismo en el Ayuntamiento de Granada por posible delito contra la ordenación del territorio y prevaricación urbanística en la citada operación junto al centro comercial Serrallo Plaza.
El fiscal consideró entonces que no existían datos para atribuir estos posibles delitos al alcalde de Granada, José Torres Hurtado, dado que tenía delegadas las competencias en materia de urbanismo, ni a la concejal encargada del área, Isabel Nieto, puesto que "actuó conforme a los informes técnicos favorables".
No obstante, el Ministerio Público sostuvo el pasado septiembre que durante la instrucción han aparecido datos de los que se derivan la "participación consciente" de Nieto en las conductas que se detallan en la denuncia, así como "su participación en la operación urbanística que se describe, con pleno conocimiento de la ilegalidad de la actuación y omitiendo los procedimientos legalmente establecidos".
"A la vista de tales indicios de responsabilidad criminal" consideró el fiscal que procedía la declaración "no como testigo como había sido acordada sino como imputada" de la edil de Urbanismo.
DENUNCIA DE UN PARTICULAR
El Ministerio Público abrió una investigación por este caso después de que un particular, exfuncionario de Urbanismo del Ayuntamiento de Granada, denunciara posibles delitos urbanísticos en el sistema general de espacios libres.
Los hechos se remontan al año 2006, cuando se otorgó concesión administrativa para la realización de un parque de atracciones infantil junto al Serrallo Plaza. El objeto de esa concesión fue sin embargo "modificado sucesivamente a través de alteraciones del proyecto de urbanización" que debía concretar las obras a desarrollar en el parque, incorporando incluso varias edificaciones "sin solicitar licencia para ello".
Con posterioridad, a través de licencias de obra menor se cubrió la pista de patinaje y se adecuaron interiormente los dos pabellones destinados a restauración, procediendo igualmente al arranque de ejemplares de árboles situados dentro de la zona verde para realizar determinadas obras que permitieran el acceso de vehículos al interior del parque.
Todas estas actuaciones fueron "cercenando paulatinamente el uso propio y público a que se ha ido orientando la utilización y protección de las zonas verdes en el urbanismo".
Una vez finalizadas las actuaciones, el director general de Urbanismo del Ayuntamiento de Granada, con fecha 29 de enero de 2013, suscribió escrito en el que ponía de manifiesto la "ilegalidad de las actuaciones".
Ante ello, se presentaron diversos informes en los que se pretendía "argumentar la legalidad de las actuaciones" a través de una interpretación de una norma, favorable a flexibilizar la introducción de usos ajenos a los espacios libres en dichas parcelas.
Según la Fiscalía, ciertamente, la redacción de ese artículo "no resulta muy afortunada", pero las interpretaciones efectuadas "resultan contrarias a la preponderancia de los espacios libres frente a los restantes equipamientos que propone la LOUA, la jurisprudencia así como la doctrina del Consejo Consultivo; interpretación que implicaría asimismo posibilitar directamente la alteración del uso de parques, jardines o espacios libres sin tramitar la oportuna modificación del planeamiento no requerir el preceptivo dictamen del Consejo Consultivo".
"PRIVATIZACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO"
Según el fiscal, la actuación mediante plataformas en un terreno de gran pendiente "ha devenido en que las únicas zonas accesibles e idóneas para el paseo o la estancia se hayan ocupado con las distintas construcciones" que además, a través de vallados, "han procedido a una privatización del espacio público".
"Ello se agrava con la banda perimetral al centro comercial, ya que de no existir ésta, las pendientes habrían sido más suaves y más accesible el conjunto del parque. Peor aun cuando se comprueba que esa banda no se destina al uso peatonal autorizado sino al tráfico rodado y aparcamiento", indica en su denuncia.
En definitiva, a través de interpretaciones contrarias a la defensa de los espacios públicos se ha autorizado, "a través de un procedimiento no ajustado a derecho, una extensión del centro comercial adyacente a través de la implantación de usos lucrativos (algunos incompatibles con el planeamiento) que exceden incluso de la ocupación máxima permitida".
En el presente caso, el proyecto de urbanización aprobado por la Comisión Ejecutiva de 20 de diciembre de 2011 y 20 de marzo de 2012 fue sometido "exclusivamente" a informe del Arquitecto municipal, siendo así que modificó las características de la instalación "sin tomar a consideración los aspectos jurídicos administrativos de la modificación contractual y la concurrencia de los requisitos exigibles legalmente y en el propio Pliego de Condiciones".
Según el fiscal, la documentación presentada que contenía las modificaciones operadas debió ser remitida a la Subdirección de Gestión a la vista de que afectaban a la concesión del parque de atracciones infantil y, en tal caso, "se podría haber sometido al procedimiento de modificación contractual establecido legalmente con carácter obligatorio" y con ello "proceder a comprobar si estaba justificada por razón de interés público y si dichas modificaciones eran consecuencia de necesidades nuevas o causas imprevistas".
Así, el acuerdo municipal de aprobación del proyecto de urbanización "no es el instrumento idóneo para llevar a cabo la modificación contractual", y, por tanto "resulta imprescindible la retroacción de las actuaciones en la parte que afecta al parque de atracciones infantil".
Todo lo anterior "se hubiera evitado de haberse efectuado el preceptivo control por las Unidades o Servicios responsables del expediente de la concesión administrativa e incluso por las Unidades o Servicios responsables de la tramitación administrativa y control de la legalidad de los proyectos de urbanización", concluía el fiscal en su denuncia.