El exalcalde de Castril declara que no usó "jamás" el móvil municipal para líneas eróticas
José Juan López Ródenas ha mantenido que nunca contrató de forma "consciente y voluntaria" estos servicios tarifados, sino que fue víctima de una "estafa"
El exalcalde de Castril José Juan López Ródenas (PSOE) ha negado este martes en la Audiencia de Granada haber utilizado el móvil que tenía asignado por el Ayuntamiento durante su etapa de gestión para asuntos ajenos a la función pública y "mucho menos" para contratar servicios eróticos o de televisión, algo que no ha "hecho jamás", según ha defendido ante el jurado popular que está enjuiciando su caso.
De hecho, ha mantenido que nunca llegó a contratar de forma "consciente y voluntaria" ninguno de estos servicios por los que se le ha tarifado, sino que fue víctima de una "estafa", pues él "desconocía" cómo funcionaban y el modo en que pudieron llegar a activarse. "Yo no me pasaba el día abriendo mensajes", ha relatado.
López Ródenas, que fue alcalde de Castril de 2004 a 2011, ha declarado así en el juicio que ha comenzado este martes contra él por un delito de malversación de fondos públicos que le atribuye la acusación particular ejercida por el Ayuntamiento de la localidad, a raíz de que se detectaran en las facturas telefónicas cargos por servicios de ocio, compras, descargas, productos de televisión y eróticos.
El regidor ha mantenido que ya antes de su salida de la Alcaldía, en 2011, desde el Ayuntamiento se detectaron estos cargos "irregulares" en las facturas y se pusieron en contacto sin éxito con la compañía telefónica para reclamar.
El coste total fue de 1.579 euros que López Ródenas abonó en la cuenta municipal, por lo que su defensa sostiene que no ha existido perjuicio al Ayuntamiento de Castril y el propio exregidor enmarca esta causa en una campaña de "acoso y calumnias" contra su persona. "Ya me siento condenado", ha llegado a decir a preguntas de su defensa, la única a la que ha respondido.
La acusación particular pide para él nueve meses de prisión, multa de 804 euros e inhabilitación especial para cargo o empleo público durante nueve meses. Alternativamente, solicita que se aplique la pena del Código Penal vigente a la fecha de los hechos de multa de 3.240 euros y suspensión de empleo o cargo público por 21 meses. Durante el juicio, el abogado del Ayuntamiento ha hecho hincapié en que el exregidor reintegró los 1.579 euros tarifados por estos servicios cuando "ya había sido citado a declarar por el Juzgado, de modo que no existe un arrepentimiento previo".
Agrega que, aunque se devolviera el dinero y no se trate en todo caso de una cantidad muy elevada, ello no impide que se cometiera el delito y lo que se busca con esta acusación es un "reproche penal" a esa forma de proceder.
La Fiscalía no ha formulado acusación contra el exregidor, aunque ha querido aclarar a los miembros del jurado que esta posición "no es definitiva" y, si se demuestra durante el juicio que contrató de forma voluntaria estos servicios ajenos a su labor pública, "no tendrá inconveniente" en modificar sus conclusiones. Está previsto que la vista oral continúe este miércoles.