El jurado declara culpable sin apreciar legítima defensa al acusado del crimen en El Jau
La Fiscalía pide que sea condenado a 44 años y ocho meses de prisión por acabar con la vida del dueño del cortijo e intentarlo con su viuda y otro familiar
Un jurado popular ha declarado este miércoles culpable de asesinato, sin apreciar legítima defensa, al hombre que ha sido juzgado en la Audiencia de Granada acusado de matar a un anciano de 73 años y herir a dos personas más en un tiroteo en un cortijo de la pedanía de El Jau en la noche del 10 de febrero de 2021, según ha informado a Europa Press fuentes del caso.
El jurado, que ha estado deliberando desde el pasado lunes, ha leído su veredicto, emitido por unanimidad, a última hora de la tarde en una audiencia pública con presencia de las partes. Ahora el proceso queda pendiente de la sentencia que redacte el magistrado-presidente y donde se fijarán las penas.
Durante su declaración la pasada semana, el acusado aseguró que su intención inicial "no era matar a nadie", pero se encontró a su hijo de rodillas en el suelo, ensangrentado y con el cañón de una escopeta apuntándole a la cabeza a raíz de una disputa previa.
La Fiscalía pide que sea condenado a 44 años y ocho meses de prisión por acabar con la vida del dueño del cortijo e intentarlo con su viuda y otro familiar a los que, según ha declarado probado el jurado, también disparó y que lograron salvar la vida. Respecto a estas dos personas, el jurado le ha declarado culpable de un delito de tentativa de asesinato y de otro de lesiones.
El abogado defensor, Solimán Ahmed, había pedido un veredicto de no culpabilidad para su cliente alegando que actuó en legítima defensa dado que el dueño del cortijo iba armado con una escopeta y presuntamente pretendía matar a su hijo. A esta eximente sumó otra de miedo insuperable o de trastorno mental transitorio que tampoco ha sido apreciado por los miembros del jurado. En declaraciones a Europa Press, el letrado ha considerado una "aberración jurídica" este veredicto y ha avanzado que recurrirá la sentencia condenatoria cuando llegue el momento.
En el banquillo de los acusados se han sentado tres personas más por su presenta implicación en los hechos. A dos de ellos, entre los que se encuentra el hijo del principal acusado, la Fiscalía les atribuye un delito leve de lesiones, que el jurado ha considerado probado, por agredirse mutuamente durante la reyerta y pide que sean condenados a una multa.
La acusación particular, ejercida por el letrado Emilio Garrido, se adhirió a la petición del Ministerio Fiscal respecto a los tres procesados y acusaba a un cuarto, el primo del principal acusado, por entender que iba con él en el coche y encañonó a otro de los presentes aquella noche. El jurado no lo considera probado y le ha declarado no culpable.