Juristas explican las posibilidades del comerciante tras la extinción del contrato de renta antigua

Gran Vía
Gabinete
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Con poco más de un año por delante para la extinción del contrato, los comerciantes que en estos momentos tienen en vigor un pago de renta antigua ya piensan en los efectos que tendrá la negociación de un nueva tarifa de arrendamiento acorde con los valores actuales de mercado. "Esta ley pretende flexibilizar el mercado del alquiler, buscando el equilibrio entre las necesidades de vivienda en alquiler y las garantías que deben ofrecerse a los arrendadores para su puesta a disposición", como explicó el presidente de la Cámara, Federico Jiménez. Dicho esto, el panorama para muchos dueños de los llamados ‘comercios históricos’ se presenta complicado, aunque siempre hay margen para negociar, comenta Javier López y García de la Serrana, abogado del Servicio Jurídico Hispacolex y Doctor en Derecho. “El arrendatario tiene armas para negociar”.

Esta Ley pretende flexibilizar el mercado del alquiler, buscando el

equilibrio entre las necesidades de vivienda en alquiler y las garantías que

deben ofrecerse a los arrendadores para su puesta a disposición

LAS OPCIONES UNA VEZ EXTINGUIDO EL CONTRADO

Como aclaración necesaria, los locales afectados por la extinción del contrato de renta antigua serán aquellos cuyo responsable sea una persona jurídica, no física –en cuyo caso el contrato tendrá validez hasta el fallecimiento de la misma-.

Así, apenas a un año vista del término de estos contratos, las opciones que se les presentan a los arrendatarios son principalmente dos. En primer lugar, aclara Javier López, “los arrendatarios tienen derecho a ser indemnizados en 18 mensualidades con la renta que se estuviese pagando hasta el momento de la extinción del contrato”. Por otro lado y como principal ventaja, los ya antiguos arrendatarios pueden ejercer su derecho a un año de tanteo y retracto, esto es, pueden conocer las condiciones de mercado en las que se alquila su antiguo local y volver a arrendarlo en caso de que lo crea conveniente, teniendo preferencia con respecto a otros interesados.

De esta manera, las diferentes posibilidades fueron desgranadas en la charla ‘Los arrendamientos de locales de negocio de renta antigua: ¿Por qué se extinguen, cuándo y cómo? ¿Y qué opciones de negociación tiene el arrendatario?’, conducida por Antonio Orti Vallejo, catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Granada.

LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA, UNA ALIADA MÁS

“En esta conferencia queremos hacer referencia a una opción más que podría tener el arrendatario: la certificación energética”, propone Javier López.

Esta certificación, aunque es obligatoria desde julio de este año, todavía es una gran desconocida tanto para propietarios de locales de negocio como para el propio ciudadano, que termina por ver como una molestia y un gasto un trámite que puede terminar ahorrándole dinero en su factura de luz y agua.

Lejos de ser una idea aislada en España, la certificación energética ya lleva algunos meses en vigor en otros países del entorno europeo, lo que, a juicio de Javier López, ha servido para ver cómo ha reaccionado la ciudadanía en países como Francia o Reino Unido: “durante el primer año la certificación se ve como otro gasto más, como una obligación por la que me pueden llegar a sancionar. No le vemos las ventajas”, que las tiene, como quedó patente en la intervención del propio López: ‘La influencia de la certificación energética sobre los arrendamientos de locales de negocio: Posibilidad de reducción de rentas por falta o errónea certificación energética’

A este respecto, la certificación energética será un añadido más a la hora de vender o alquilar un local o un piso. A mejor calificación mayor valor del local. “Yo como consumidor voy a saber que ante dos pisos de igual precio, el que tenga mejor calificación va a ser más interesante porque voy a gastar menos en luz y agua y encima voy a obtener bonificaciones en el IBI”.

Otra posibilidad sería la de reducir el alquiler si ha habido engaño en la certificación energética, ya que es una característica más a tener en cuenta en la casa. “Es importante señalar que una buena certificación energética no puede estar por debajo de los 300 euros”. Es, a fin de cuentas, una inversión.

CRISIS ECONÓMICA Y ARRENDAMIENTO DE LOCALES

La tercera charla que completó la jornada en la Cámara de Comercio tuvo por título ‘Crisis económica y arrendamientos de locales de negocio: la dificultad sobrevenida del pago de rentas negociadas en tiempos de bonanza’ y fue llevada por Miguel Pasquau Liaño, magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Durante la intervención del magistrado quedó claro que el panorama arrendatario español y andaluz ha sufrido un cambio radical en cinco años y que, a raíz de la crisis, los nuevos contratos serán mirados por lupa por los arrendatarios, algo que en tiempos de bonanza no se hacía.