La justicia reconoce el derecho del personal de la Junta a teletrabajar hasta cuatro días a la semana

Antes de interponer la demanda, la administración andaluza denegó la solicitud de conciliación planteada por las trabajadoras

Juzgados de Granada en Plaza Nueva
Juzgados de Caleta | Foto: Archivo GD
Gabinete
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Dos recientes sentencias de los Juzgados de lo Social de Granada han reconocido el derecho de dos trabajadoras que prestan sus servicios para la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de la Junta de Andalucía a teletrabajar tres y cuatro días a la semana, respectivamente. En sus demandas, las trabajadoras amparaban su petición en su derecho a conciliar su vida personal, familiar y laboral, así como en el hecho de que, durante la pandemia de la Covid-19, el personal de la Agencia de Servicios Sociales prestó sus servicios íntegramente en la modalidad de teletrabajo.

Antes de interponer la demanda, la administración andaluza denegó la solicitud de conciliación planteada por las trabajadoras. Las dos resoluciones dictadas reconocen que «no hay ningún elemento que justifique las razones de fondo por las que la Agencia no puede ampliar los días de teletrabajo a la demandante».

En particular, la última resolución dictada el 19 de abril de 2024 declara que no existen «motivos fundados y razonables para considerar que el hecho de que esta modalidad [de teletrabajo] se amplíe tres días más a la semana pueda ocasionar perjuicio alguno o quebranto a la demandada», ya que, como concluye la sentencia, la Agencia «sólo indica de manera genérica que existen dificultades organizativas para ello y que existen otras solicitudes simultáneamente presentadas por los trabajadores del centro».

Ambas resoluciones se han dictado mientras la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía elabora una nueva normativa de teletrabajo que, en principio, solo reconoce un día de teletrabajo.