Juzgan hoy a la acusada de apuñalar a su novio tras negarse a mantener relaciones sexuales
La procesada, María M.P.R., sin antecedentes penales, está acusada de un delito de homicidio en grado de tentativa con la agravante mixta de parentesco
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada acoge este martes el juicio contra una mujer acusada de apuñalar a su novio, en el domicilio que ambos compartían, en Atarfe (Granada), tras una disputa que se originó después de que ella se negara a mantener relaciones sexuales.
La procesada, María M.P.R., sin antecedentes penales, está acusada de un delito de homicidio en grado de tentativa con la agravante mixta de parentesco, por el que la Fiscalía de Granada reclama para ella una condena de ocho años y medio de prisión.
Según consta en el escrito de acusación provisional del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan a las 4,30 horas del día 27 de diciembre de 2011, cuando la mujer se encontraba junto con su pareja sentimental en el domicilio familiar de ambos, en Atarfe.
El novio, tras ingerir alcohol y cocaína, pretendió mantener relaciones sexuales con ella, a lo que la mujer se negó iniciándose entonces una disputa entre ambos en el transcurso de la cual ésta, "con ánimo de acabar con la vida de su pareja", cogió un cuchillo de la cocina y se lo clavó en el costado izquierdo.
Tras ello, dejó el arma en la entrada de la casa y llamó al 112, llegando al lugar la Guardia Civil, que procedió a detenerla.
A consecuencia de estos hechos, el hombre sufrió lesiones consistentes en herida penetrante en el flanco izquierdo de abdomen de unos tres a cuatro centímetros, con hemoperitoneo abundante, perforación doble de asa intestinal y resección intestinal de 5 centímetros, y sutura de uréter, junto el riñón izquierdo, lesiones que implicaron un grave riesgo vital para el afectado, que podía haber fallecido de no haber recibido asistencia médica urgente.
Por todo, el fiscal reclama para la mujer, además de la pena de cárcel, la prohibición de acercarse o comunicarse con su víctima por un periodo de 12 años, y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por el mismo tiempo.