La Asociación de Mujeres Juezas advierte de que la sentencia contra Juana Rivas también condena a sus hijos
La madre granadina ha sido condenada a cinco años de cárcel, seis años de privación de la patria potestad y 30.000 euros de indemnización a Francesco Arcuri
La Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE) ha denunciado la "gravedad y trascendencia" de la sentencia contra Juana Rivas por sustracción de menores, ya que advierte de que también condena a sus dos hijos a "perder el vínculo con su madre".
La sentencia condena a Rivas como autora de dos delitos de sustracción de menores a la pena de cinco años de prisión, le retira la patria potestad durante seis años y deberá indemnizar a su exmarido con 30.000 euros.
"Partiendo del absoluto respeto a todas las decisiones judiciales, la gravedad y trascendencia de las penas impuestas resulta evidente, pues con ellas no se condena sólo a la acusada, sino a dos hijos a perder el vínculo con su madre, a pesar de que todos los informes de especialistas, incluido aquél en el que se apoya la sentencia, confirman una relación positiva y vinculante entre los menores y su progenitora", afirma la AMJE.
DECISIÓN AL MARGEN DE LA REALIDAD SOCIAL
Para la asociación, "lo que se percibe como decisiones desproporcionadas o dictadas al margen de la realidad social no son sino el producto de ignorar la obligación de integrar la perspectiva de género en la aplicación del derecho, y con ella interpretar la norma salvaguardando los Derechos Humanos".
Y, en este sentido, advierte de que "la persistencia de estereotipos en la labor judicial, como aquellos que afirman la existencia de un perfil típico de maltratador primario y atávico que forzosamente tiene que ser perceptible, o los que cuestionan la veracidad del testimonio de la mujer por no denunciar los hechos mientras el maltrato se producía, llevan a valoraciones de la prueba e interpretaciones de la norma que, aunque legales, corren el riesgo de consagrar una manifiesta injusticia".
Según las mujeres juezas, existen recientes pronunciamientos judiciales que integran el mandato de aplicar la perspectiva de género y la necesidad de atender a las particulares circunstancias que pueden darse frente a quien denuncia ser víctima de violencia machista.
Así, ponen como ejemplo una sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de junio en la que se establece que no será un elemento negativo hacia la víctima "la circunstancia de que tarde en denunciar en hechos de violencia de género, dadas las especiales circunstancias que rodean a estos casos en los que las víctimas pueden tardar en tomar la decisión en denunciar por tratarse el denunciado de su pareja o expareja".
"La no integración de esta perspectiva y un posicionamiento de la justicia que no atendió suficientemente las denuncias de maltrato realizadas por la madre de una menor ya llevó aparejada la conocida condena del Comite Cedaw de Naciones Unidas a España por el asesinato de la hija de Ángela González", recuerda la asociación.
TENER EN CUENTA LOS ANTECEDENTES DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Entre las recomendaciones que emitió destacan "tomar medidas adecuadas y efectivas para que los antecedentes de violencia doméstica sean tenidos en cuenta en el momento de estipular los derechos de custodia y visita relativos a los hijos, y para que el ejercicio de los derechos de visita o custodia no ponga en peligro la seguridad de las víctimas de la violencia, incluidos los hijos".
"No podemos persistir en los mismos errores y seguir ignorando los mandatos legales y jurisprudenciales que exigen una justicia que pondere adecuadamente los hechos y el derecho aplicable tomando como base, siempre, el principio de igualdad y la protección de los y las menores", ha subrayado la AMJE.
Por eso, hace un llamamiento a "dejar de ser herederos y herederas de una justicia patriarcal que la sociedad no tolera y la comunidad internacional condena", pues sólo así se podrá "mantener la confianza de la ciudadanía en sus instituciones".