La Audiencia absuelve de nuevo a los acusados en el caso de la urbanización Medina Elvira Golf
Descarta que tanto el campo de golf como la estación depuradora puedan considerarse construcciones ilegales
La Audiencia de Granada ha absuelto de nuevo a los tres acusados en el caso 'Medina Elvira Golf', en el que se investigó la supuesta construcción irregular en una zona protegida de Atarfe de una macrourbanización de más de mil viviendas y de un campo de golf anexo, hechos por los que se les imputaban delitos de prevaricación ordinaria, prevaricación urbanística, construcción ilegal y falsedad en documento oficial.
Esta sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se produce después de que el Tribunal Supremo anulara el pasado julio una resolución anterior de la Audiencia de Granada en la se absolvía a todos los acusados, ordenando que se dictara una nueva en la que se pronunciara sobre todos los hechos y todos los delitos que habían sido objeto de acusación.
La anulación dictada por el Supremo afectaba a dos acusados, un promotor inmobiliario y el entonces arquitecto municipal del Ayuntamiento de Atarfe, en relación a la construcción de esta urbanización y el campo de golf en un espacio no urbanizable y especialmente protegido de la Vega de Granada.
Entre los aspectos sobre los que no se pronunció la Audiencia se encontraba la ocupación ilegal de ocho barrancos de dominio público pertenecientes al Estado a través de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) y sobre cuyo suelo se construyó un colegio y una depuradora de aguas residuales.
También sobre la obtención por parte del promotor de permisos de la Comisión Provincial de Medio Ambiente y de la Junta de Andalucía para la construcción de un campo de golf profesional de 18 hoyos en un terreno no urbanizable de excepcional valor medioambiental.
NO ES UNA CONSTRUCCIÓN ILEGAL
La Audiencia descarta que tanto el campo de golf como la estación depuradora puedan considerarse construcciones ilegales en un ámbito exclusivamente penal, aunque se hayan podido producir irregularidades administrativas en su ejecución.
Sobre la "desviación, soterramiento y canalización" con licencia de los barrancos de dominio público que atravesaban la urbanización y Campo de Golf Medina Elvira, de entrada la Audiencia subraya que esta actuación contaba con licencia y, en todo caso, se "trata de una obra susceptible de ser legalizada".
Por este caso fueron juzgados el entonces arquitecto y un secretario del Ayuntamiento de Atarfe, para los que la Fiscalía reclamó 20 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y dos años de cárcel. También, se sentó en el banquillo de los acusados el representante legal de la empresa Vladigolf S.A., que se enfrentaba a cuatro años de cárcel, tres de inhabilitación especial para profesión u oficio y multa de 68.400 euros.
En la causa estuvo inicialmente investigado el exalcalde de Atarfe, el socialista Víctor Sánchez, pero su estado de salud llevó a la Audiencia a archivar el caso provisionalmente respecto a él. El Ministerio Público pedía para él inicialmente siete años de cárcel y 25 de inhabilitación.
El recurso ante el Supremo contra la absolución de estas personas fue presentado por varias organizaciones ciudadanas de Granada que llevan varios años sosteniendo la acusación popular en este caso: Salvemos la Vega, Ecologistas en Acción, Adobe, arquitectura y compromiso social y la Asociación de Vecinos de Caparacena.