La Audiencia ordena el ingreso en un psiquiátrico penitenciario para la agresora de la familia de Paco González
Esgrime la necesidad objetiva de proporcionar a la acusada el tratamiento adecuado para su patología mental
La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado el ingreso en un centro psiquiátrico penitenciario de Lorena G.F, autora de la agresión violenta a la esposa e hija del periodista Paco González, por un tiempo no superior a 20 años.
Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que la Sección 23 considera a la agresora autora de los delitos de homicidio en grado de tentativa, lesiones con instrumento peligroso y dos delitos de proposición de asesinato en el marco de la agresión a la familia del popular locutor de radio.
Los magistrados, no obstante, absuelven de dichos delitos al concurrir la eximente de alteraciones en la percepción y ordenan su ingreso en un centro psiquiátrico penitenciario por un espacio de tiempo no superior a 20 años, a la espera de la evolución de la condenada.
Además, se condena a Ivan T. P. como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa y como autor de los delitos de proposición para el asesinato. De este modo, se le pena con una suma de veintidós años de prisión. Los magistrados le absuelven del delito de lesiones con instrumento peligroso por el que venía acusado.
En los argumentos jurídicos, los magistrados exponen que la gravedad de la enfermedad mental que padece Lorena, según lo expuesto por las pruebas periciales practicadas, implica dos consecuencias de imprescindible consideración.
Por una parte, explica la Sala, "la necesidad objetiva e imperiosa de proporcionar a la propia acusada el tratamiento adecuado para su acreditada patología mental".
"Pero además no podemos ignorar la necesidad de protección de las víctimas, máxime si tenemos en cuenta que no nos encontramos ante una patología episódica, sino permanente, constante, encapsulada, que no desaparece, sino que tan sólo con tratamiento adecuado y medicación puede estabilizarse, aunque sin confiar en alcanzar la curación, lo que comporta un indudable y alto riesgo futuro en términos de pronóstico de peligrosidad", agrega el fallo.
En el juicio, el fiscal rebajó de 55 a 28 años y nueve meses de cárcel la solicitud de condena para Lorena G. Y mantuvo su petición de pena de 31 años de prisión para Iván T.
HECHOS JUZGADOS
Los hechos se produjeron la mañana del 5 de febrero de 2014, cuando la mujer del periodista y su hija fueron abordadas en su vehículo por Lorena G. e Iván T.P. después de dejar al hijo menor del locutor en su colegio. En el ataque, la mujer recibió varias puñaladas pero logró zafarse de sus agresores con ayuda de su hija. Tras el suceso, los acusados fueron detenidos.
En su declaración, Lorena confesó que su obsesión por el popular locutor deportivo la llevó a cometer los hechos que se le imputan, si bien mantenía que no quería acabar con la vida de la esposa de González.
En su comparecencia, los forenses confirmaron que sufre un trastorno delirante de tipo erotomaniaco. Según los expertos, la acusada tenía una realidad paralela y ello le llevaba a pensar que González le correspondía en su amor.