La Cámara de Comercio organiza un taller sobre IVA y el Regimen Especial del Criterio de Caja

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Este nuevo Régimen especial de carácter optativo, permite a los sujetos pasivos retrasar el devengo y la consiguiente declaración e ingreso del IVA repercutido hasta el momento del cobro a sus clientes aunque se retardará, igualmente, la deducción del IVA soportado en sus adquisiciones hasta el momento en que efectúe el pago a sus proveedores (criterio de caja doble); todo ello con la fecha límite del 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel en que las operaciones se hayan efectuado.

Sin embargo, y pese a los beneficios que puede suponer para muchos profesionales autónomos y pequeñas empresas que acusan problemas de liquidez, este régimen especial del IVA de caja cuenta con requisitos y especificaciones que es necesario conocer de antemano, sin olvidarnos de que debemos analizar si nos interesa o no aplicarlo en nuestra empresa, y que muchas empresas se verán afectadas al tener como suministradores de bienes y servicios empresas que hayan optado por encuadrarse en dicho régimen especial.

Se trata de un régimen voluntario especial del criterio de caja que podrán aplicar los sujetos pasivos del IVA cuyo volumen de operaciones durante el año natural anterior no haya superado los 2.000.000 de euros. En términos generales este régimen especial supone que el impuesto se devenga en el momento del cobro total o parcial del precio y que el derecho a la deducción de las cuotas soportadas nace en el momento del pago total o parcial del precio.

Una cuestión clave para los autónomos y empresas con una facturación inferior a esos dos millones de euros será la de saber si siguen con el sistema actual de facturación del IVA o se acogen al nuevo criterio de caja en el IVA. Además, aquellas empresas que no tengan opción de acogerse a este régimen especial de caja, se verán afectadas al tener como suministradores de bienes y servicios empresas que hayan optado por encuadrarse en dicho régimen especial.

Para aclarar todas estas cuestiones, la Agencia Estatal Tributaria con la colaboración de la Cámara de Comercio, ha organizado esta jornada técnica que cuenta con las ponencias de D. Francisco Ruiz Bocanegra (Delegado provincial de la AEAT) y de D. Juan José Mirabent Arroyo (Administrador de la AEAT en Motril).